# Real Decreto 1156/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la Generalitat de Catalunya en virtud de los acuerdos adoptados en la sesión de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales entre el Estado y la Generalitat de Catalunya celebrada el 22 de julio de 2024.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2024-11-20
- **Organismo:** Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.I. Disposiciones generales. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2024-24100
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/boe/2024-11-20/real-decreto-11562024-19-noviembre-que-regula-concesion-directa-subvenciones-generalitat-catalunya-virtud-acuerdos-adoptados-ndDOp0
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2024/11/20/pdfs/BOE-A-2024-24100.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 280 Miércoles 20 de noviembre de 2024 Sec. I. Pág. 152810 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE Real Decreto 1156/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la Generalitat de Catalunya en virtud de los acuerdos adoptados en la sesión de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales entre el Estado y la Generalitat de Catalunya celebrada el 22 de julio de 2024. En virtud del Real Decreto 2034/2009, de 30 de diciembre, sobre traspaso a la Generalitat de Cataluña de las funciones de la Administración General del Estado correspondientes al servicio de transporte de viajeros por ferrocarril de cercanías, y del Real Decreto 1598/2010, de 26 de noviembre, de traspaso a la Generalitat de Cataluña de las funciones de la Administración General del Estado correspondientes a los servicios ferroviarios regionales de transporte de viajeros sobre la red de ancho ibérico de la red ferroviaria de interés general, se traspasaron a la Generalitat de Catalunya las funciones de la Administración General del Estado correspondientes al servicio de transporte de viajeros por ferrocarril de cercanías y regionales sobre la red de ancho ibérico de la red ferroviaria de interés general, respectivamente. Previamente a los acuerdos de traspaso señalados se aprobaron sendos Acuerdos de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales (CMAEF), de 22 de diciembre de 2009, de valoración de los servicios de transporte de viajeros por ferrocarril de cercanías prestados por Renfe-Operadora en Barcelona, y de 17 de noviembre de 2010, de valoración de los servicios regionales de transporte de viajeros sobre la red de ancho ibérico de la red ferroviaria de interés general. La cláusula quinta del Convenio, de 13 de enero de 2010, entre la Generalitat de Catalunya y Renfe-Operadora en el que se establece y concreta la dirección y gestión de la prestación del servicio de cercanías en Barcelona contemplaba que ambas partes podían proponer a través del Órgano Mixto de Coordinación y Control previsto en el convenio la modificación de los servicios, que la Generalitat debería satisfacer a Renfe-Operadora. En la primera reunión de dicho Órgano Mixto, de 13 de febrero de 2010, se decidió instrumentalizar estas medidas bajo la forma de un Plan de Acción 2010-2015. Las actuaciones contempladas en los planes de acción de los años siguientes hasta la actualidad han sido aprobadas en las reuniones del Órgano Mixto y facturadas a la Generalitat de acuerdo con los criterios establecidos. Mediante los acuerdos adoptados en la sesión de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales entre el Estado y la Generalitat de Catalunya, celebrada el 22 de julio de 2024, ambas partes reconocen la asunción por parte de la Administración General del Estado de las cantidades devengadas hasta la fecha en concepto de Plan de Acción durante los ejercicios 2016 a 2023, de acuerdo con las condiciones singulares de la prestación de los servicios y las necesidades de los ámbitos territoriales afectados en relación con la demanda de los mismos, dado que las actuaciones comprendidas en el marco de dicho plan afectan, además de a unos incrementos en la oferta ferroviaria, a cuestiones tan básicas como la garantía de la seguridad en estaciones e instalaciones o a la lucha contra el fraude. Por otra parte, desde que el traspaso de competencias tuvo lugar, se han ido implementando un conjunto de medidas de mejora del servicio, atendiendo a las necesidades singulares del territorio. Por lo que concierne a las Rodalies de Lleida, en la actualidad se ha considerado absolutamente necesario impulsar la mejora de los servicios ferroviarios que comunican dicha capital con las poblaciones de su entorno, con cve: BOE-A-2024-24100 Verificable en https://www.boe.es 24100

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2024/11/20/pdfs/BOE-A-2024-24100.pdf
