# Orden ITU/498/2026, de 19 de mayo, por la que se modifican órdenes ministeriales por las que se regulan las bases reguladoras de varios programas de ayudas gestionados por Sepides, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-05-22
- **Organismo:** Ministerio de Industria y Turismo. . III. Otras disposiciones. Ayudas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-11056
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/boe/2026-05-22/orden-itu4982026-19-mayo-que-modifican-ordenes-ministeriales-que-regulan-bases-reguladoras-programas-ayudas-gestionados-sepides-epe-5lMoEx
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/22/pdfs/BOE-A-2026-11056.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 125 Viernes 22 de mayo de 2026 Sec. III. Pág. 69864 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO Orden ITU/498/2026, de 19 de mayo, por la que se modifican órdenes ministeriales por las que se regulan las bases reguladoras de varios programas de ayudas gestionados por Sepides, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), tiene por objeto mitigar el impacto económico y social causado por la pandemia de coronavirus y contribuir a que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y que estén mejor preparadas para afrontar los retos y aprovechar las oportunidades de la doble transición ecológica y digital. Este Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero de 2021 fue modificado posteriormente mediante el Reglamento (UE) 2023/435 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de febrero de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/241, en lo relativo a los capítulos de REPowerEU en los planes de recuperación y resiliencia y se modifican los Reglamentos (UE) 1303/2013, (UE) 2021/1060 y (UE) 2021/1755, y la Directiva 2003/87/CE. En aplicación del MRR, el Gobierno de España aprobó, mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (en adelante, PRTR), que fue validado por la Comisión Europea el 6 de julio de 2021. Esta aprobación quedó reflejada en la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de recuperación y resiliencia de España, en adelante CID por sus siglas en inglés, la cual ha sido objeto de sucesivas modificaciones derivadas de los procesos de revisión y negociación con el Estado español. La última modificación del CID, aprobada por el ECOFIN el 20 de enero de 2026 tiene como una de sus principales finalidades la de articular mecanismos que permitan asegurar la mayor absorción posible de recursos para garantizar la plenitud de los logros alcanzados, la simplificación de hitos y la salvaguarda de la asignación de fondos. Esta modificación del CID se produce tras haber conminado la Comisión a los Estados Miembros a revisar sus planes para cumplir con estas finalidades mediante la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo de 4 de junio de 2025 «Next Generation EU-Camino a 2026» [COM (2025) 310 final]. La Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo de 17 de diciembre de 2025 prevé la creación de la figura del «esquema de ayudas» para asegurar la máxima absorción de los fondos. Se trata de un instrumento gestionado de forma independiente para incentivar la inversión privada, en forma de subvenciones, cuya ejecución se considera alcanzada en agosto de 2026 si para esa fecha se ha establecido el marco normativo (bases reguladoras y convocatorias) y se han concedido las ayudas, permitiendo que la ejecución material de los proyectos se produzca en fechas posteriores. Este sistema se viene empleando, entre otros, para la gestión de los fondos vinculados con la Política Industrial (componente 12), vinculados a la modernización y aumento de la productividad del ecosistema de servicios industriales de España, y para la Estrategia RepowerEU (componente 31), orientada a la mejora de la resiliencia y la autonomía estratégica en materia energética de la UE, así como para la gestión de instrumentos financieros, por parte de diversos organismos públicos. SEPIDES, E.P.E., cumple con las condiciones que establece la citada Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo de 17 de diciembre de 2025 para la gestión cve: BOE-A-2026-11056 Verificable en https://www.boe.es 11056

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/22/pdfs/BOE-A-2026-11056.pdf
