# Resolución de 27 de agosto de 2026, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 13 de agosto de 2026, para el Marco de Cooperación Interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2026 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-09
- **Organismo:** Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. . III. Otras disposiciones. Ayudas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18897
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/boe/2026-09-09/resolucion-27-agosto-2026-secretaria-estado-derechos-sociales-que-publica-acuerdo-consejo-territorial-servicios-sociales-5ljLkx
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/09/pdfs/BOE-A-2026-18897.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 223 Miércoles 9 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 120769 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030 18897 Resolución de 27 de agosto de 2026, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 13 de agosto de 2026, para el Marco de Cooperación Interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2026 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. De conformidad con lo establecido en el artículo 17.5 del Reglamento interno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, aprobado por Resolución de 25 de febrero de 2019, de la entonces Secretaría de Estado de Servicios Sociales (BOE núm. 58, de 8 de marzo), el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia aprobó, en su reunión extraordinaria de 13 de agosto de 2026, el Acuerdo para el Marco de Cooperación Interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2026 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, que se publica como anexo a esta resolución. Madrid, 27 de agosto de 2026.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María Rosa Martínez Rodríguez. ANEXO Acuerdo para el Marco de Cooperación Interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2026 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia I. Introducción El artículo 8.2.a) de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia (LAPAD), establece que, sin perjuicio de las competencias de cada una de las Administraciones Públicas integrantes, corresponde al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, además de las funciones que expresamente le atribuye esta ley, «acordar el Marco de Cooperación Interadministrativa para el desarrollo de la Ley previsto en el artículo 10». Asimismo, el artículo 10.1 de dicha ley determina que «en el seno del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas acordarán el Marco de Cooperación Interadministrativa que se desarrollará mediante los correspondientes Convenios entre la Administración General del Estado y cada una de las Comunidades Autónomas». cve: BOE-A-2026-18897 Verificable en https://www.boe.es Primero.

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/09/pdfs/BOE-A-2026-18897.pdf
