# Real Decreto 726/2026, de 9 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de vivienda durante el ejercicio presupuestario 2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-10
- **Organismo:** Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. . I. Disposiciones generales. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18904
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/boe/2026-09-10/real-decreto-7262026-9-septiembre-que-regula-concesion-directa-subvenciones-materia-vivienda-ejercicio-presupuestario-2026-n91Aro
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/10/pdfs/BOE-A-2026-18904.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 224 Jueves 10 de septiembre de 2026 Sec. I. Pág. 120842 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA 18904 Real Decreto 726/2026, de 9 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de vivienda durante el ejercicio presupuestario 2026. – A la Comunidad de Madrid en el marco de las medidas para impulsar los realojos de la Cañada Real, así como las obras de habitabilidad, accesibilidad o adecuación que, en su caso, procedan, sobre las viviendas que vayan a posibilitar los mencionados realojos. – En el marco del desarrollo del Plan de vivienda para el alquiler asequible o social, se incardinan las subvenciones al Área Metropolitana de Barcelona, al Ayuntamiento de Barcelona y a la Diputación de Sevilla para la promoción de viviendas con destino al alquiler asequible o social. Las viviendas promovidas deberán ser calificadas como protegidas para alquiler con protección permanente. – Al Ayuntamiento de Eibar para la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana y rural en el barrio de Murrategi. – A CASA 47 Entidad Pública Empresarial para las actuaciones previstas en el convenio suscrito entre el Ministerio de Fomento, ahora Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la Ciudad de Ceuta y SEPES el 21 de diciembre de 2018, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de diciembre de 2018, cuyo objeto es la promoción de cve: BOE-A-2026-18904 Verificable en https://www.boe.es El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, de acuerdo con el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, es el departamento al que corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de vivienda y suelo. En ejecución de esta política, colabora con distintas entidades, lo que se plasma en una importante política pública de fomento. El artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establecen que podrán concederse de forma directa y «con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública». De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las normas especiales reguladoras de las subvenciones previstas en el artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a propuesta del ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda. Es precisamente el interés público, social y económico de las distintas actividades que, en materia de vivienda y suelo, subvenciona el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, lo que justifica la adjudicación directa de una serie de subvenciones aquí recogidas. Por tanto, a través de este real decreto, y en cumplimiento de lo señalado en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se evita paralizar la actividad del Ministerio y cumplir con sus compromisos en este ámbito. Asimismo, no cabe aplicar los mecanismos de convocatoria pública porque se trata de subvenciones que financian actuaciones concretas que llevarán a cabo las entidades beneficiarias. Por todo ello, en el ámbito de las competencias que ostenta el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana en relación con las políticas en materia de vivienda y suelo, se regulan mediante este real decreto las subvenciones que, por su interés público, social y económico, cumplen con las condiciones previstas en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. De esta forma, en materia de vivienda y suelo se conceden las siguientes subvenciones:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/10/pdfs/BOE-A-2026-18904.pdf
