# Real Decreto 765/2026, de 30 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de vivienda para la financiación de iniciativas locales que contribuyan a la consecución de los objetivos de la línea 13.4 del Marco de actuaciones para el desarrollo territorial sostenible del área de influencia del Espacio Natural de Doñana en 2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-02
- **Organismo:** Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. . I. Disposiciones generales. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-20471
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/boe/2026-10-02/real-decreto-7652026-30-septiembre-que-regula-concesion-directa-subvenciones-materia-vivienda-financiacion-iniciativas-locales-que-contribuyan-nr9oaX
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/02/pdfs/BOE-A-2026-20471.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 244 Viernes 2 de octubre de 2026 Sec. I. Pág. 128829 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA 20471 Real Decreto 765/2026, de 30 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de vivienda para la financiación de iniciativas locales que contribuyan a la consecución de los objetivos de la línea 13.4 del Marco de actuaciones para el desarrollo territorial sostenible del área de influencia del Espacio Natural de Doñana en 2026. I El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana tiene, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, la competencia relativa a la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de vivienda. En el ejercicio de estas competencias, el Ministerio desarrolla múltiples líneas de actuación orientadas a garantizar el acceso efectivo a una vivienda digna y adecuada como condición indispensable para la cohesión social, la igualdad de oportunidades y el desarrollo equilibrado del territorio. Así, en los últimos años, la política estatal de vivienda ha experimentado un proceso de transformación sin precedentes recientes, orientado a reforzar el papel de los poderes públicos en la garantía del derecho a la vivienda y a consolidar un modelo residencial basado en el interés general, la función social de la vivienda y la ampliación del patrimonio público destinado a fines habitacionales. Esta nueva orientación estratégica parte del reconocimiento de la vivienda como quinto pilar del Estado del Bienestar, junto con la sanidad, la educación, las pensiones y los servicios sociales; como elemento esencial para garantizar la igualdad efectiva entre las personas y la plena participación en la vida económica y social. La consideración de la vivienda como quinto pilar del Estado del Bienestar exige la intervención activa de los poderes públicos para asegurar que el acceso a una vivienda digna no dependa exclusivamente de las dinámicas del mercado, garantizando la promoción de un parque público de vivienda estable y permanente, concebido como patrimonio colectivo al servicio de las generaciones presentes y futuras. En desarrollo de estos principios, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha impulsado desde 2023 un amplio conjunto de reformas normativas, programas de inversión y actuaciones estratégicas, dirigidas a fortalecer la capacidad pública de actuación en materia residencial. Entre ellas destaca la aprobación y el impulso por parte del Ministerio de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, la primera norma de nuestra democracia que refuerza la función social de la vivienda y dota a las Administraciones públicas de instrumentos para la protección de los colectivos con mayores dificultades de acceso. Junto a ello, el Ministerio ha impulsado una estrategia de ampliación permanente del parque público de vivienda mediante la movilización de suelo público, el desarrollo de programas de vivienda asequible, la incorporación de nuevos activos al patrimonio público residencial y la creación de CASA 47, Entidad Pública Empresarial (en adelante, CASA 47), cuyo objetivo principal es la creación de un parque estatal de vivienda asequible. Se materializa así el derecho constitucional a una vivienda digna, actuando en todo el ciclo residencial, desde la urbanización del suelo hasta la edificación y posterior gestión. De esta cve: BOE-A-2026-20471 Verificable en https://www.boe.es II

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/02/pdfs/BOE-A-2026-20471.pdf
