# Resolución de 14 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas en materias competencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia por el procedimiento de concesión directa en los ejercicios 2023 y 2024.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-04-23
- **Organismo:** Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2025061584
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2025-04-23/resolucion-14-abril-2025-direccion-gerencia-sepad-que-da-publicidad-subvenciones-concedidas-materias-competencia-servicio-extremeno-5Kqk6D
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/770o/25061584.pdf

## Contenido

NÚMERO 77 Miércoles 23 de abril de 2025 22114 CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas en materias competencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia por el procedimiento de concesión directa en los ejercicios 2023 y 2024. (2025061584) La Ley 1/2008, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, crea el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), como ente público sometido al Derecho Administrativo, con el fin de ejercer las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y desarrollo y coordinación de las políticas sociales de atención a personas con discapacidad y mayores. Por su parte el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por los que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción a la Autonomía y Atención a la Dependencia, corresponde a éste la prestación de la atención a las personas con discapacidad y el desarrollo y ejecución de las políticas sociales de atención a las mismas. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán órganos competentes para conceder las subvenciones los Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura, así como los presidentes o directores de los organismos o entidades de derecho público, de acuerdo con lo que se establezca en sus normas de creación. Siendo así, en virtud del Decreto 146/2024, de 26 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), corresponde a la Dirección Gerencia las funciones de concesión de subvenciones, incluidas las subvenciones nominativas y de concesión directa (artículo 5.2.p). El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que podrán concederse de forma directa, sin convocatoria previa, las siguientes subvenciones: “con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública”.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/770o/25061584.pdf
