# Extracto de la Resolución por la que se convocan ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para el año 2025.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-06-17
- **Organismo:** Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Espacios Escénicos. Ayudas.
- **Identificador oficial:** 2025062346
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2025-06-17/extracto-resolucion-que-convocan-ayudas-destinadas-funcionamiento-espacios-escenicos-gestion-privada-ano-2025-GeKJaV
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1150o/25062346.pdf

## Contenido

NÚMERO 115 Martes 17 de junio de 2025 34723 EXTRACTO de la Resolución por la que se convocan ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para el año 2025. (2025062346) BDNS(Identif.): 837138 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para el año 2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura. Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas: 1. Las personas físicas y jurídicas que tengan la naturaleza de empresas privadas del sector de las artes escénicas o de la música, establecidas en cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), así como los Estados miembros de la Unión Europea, que ejerzan una actividad económica acorde a la naturaleza de las subvenciones, tales como exhibición de espectáculos, producción escénica, creación, formación o residencia artística, antes de la fecha de publicación de la convocatoria y que cumplan, además, con los siguientes requisitos: a) Disponer de un espacio escénico para el que se solicita la ayuda en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura con las siguientes características: — Tener un aforo igual o inferior a 350 localidades. En el caso de que el espacio disponga de varias salas, todas y cada una de ellas deberán cumplir este requisito. — Disponer de un espacio escénico mínimo disponible de 48 m2 en planta y 4 m de altura, así como el equipamiento mínimo necesario equivalente a: • 4 varas móviles, de las que 3 estarán electrificadas. • Dimmers de 24 canales. • Cámara negra. • Camerinos. • Facilidad de carga y descarga más posibilidad de sala a oscuras.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1150o/25062346.pdf
