# Extracto de la Resolución de la Secretaría General por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2026.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-11-26
- **Organismo:** Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2025064173
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2025-11-26/extracto-resolucion-secretaria-general-que-convocan-subvenciones-destinadas-financiar-programas-inclusion-social-colectivos-situacion-o-riesgo-exclusion-social-GbdmR6
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2280o/25064173.pdf

## Contenido

NÚMERO 228 Miércoles 26 de noviembre de 2025 64058 EXTRACTO de la Resolución de la Secretaría General por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2026. (2025064173) BDNS(Identif.): 869744 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index ) y en el presente DOE. Primero. Beneficiarias. Podrán obtener la condición de beneficiaria de estas subvenciones, las entidades del Tercer Sector Social definidas en el artículo 2 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del Tercer Sector Social de Extremadura, y la Cruz Roja Española, que cumplan los requisitos previstos en el apartado tercero de la resolución de convocatoria. Quedan excluidas de estas subvenciones las entidades de derecho público adscritas o vinculadas a una administración pública, las universidades, los partidos políticos y las fundaciones de ellos dependientes, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, así como otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente. Segundo. Objeto. Financiación de programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social. Se subvencionarán con cargo a la convocatoria la financiación, total o parcial, de los programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social establecidos en el apartado Segundo de la resolución de convocatoria que desarrollen las entidades del Tercer Sector Social y Cruz Roja Española en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. De conformidad con el apartado segundo de la resolución de convocatoria, para el año 2026 y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 3.4 de la Orden de 24 de mayo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social, no serán subvencionables los programas de inclusión social que tengan como destinatarios al colectivo de personas beneficiarias de la Renta Extremeña Garantizada y de otras prestaciones de garantía de

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2280o/25064173.pdf
