# Resolución de 5 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-11-26
- **Organismo:** Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Voluntariado. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2025064189
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2025-11-26/resolucion-5-noviembre-2025-secretaria-general-que-convocan-subvenciones-desarrollo-programas-promocion-voluntariado-social-comunidad-Ny2aKZ
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2280o/25064189.pdf

## Contenido

NÚMERO 228 Miércoles 26 de noviembre de 2025 64061 RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026. (2025064189) El Decreto 93/2013, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se realiza la primera convocatoria pública para el ejercicio 2013, dispone en el artículo 1 que el presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas destinadas por la Junta de Extremadura a financiar, total o parcialmente, los programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro de las áreas y actividades reguladas en el artículo 2 del decreto. El artículo 6 del citado decreto dispone que el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en el presente decreto será el de concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica, en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias del ejercicio correspondiente, pudiendo realizarse la tramitación anticipada de los expedientes de conformidad con lo establecido en la normativa contable y presupuestaria que resulte de aplicación. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la secretaría general de la consejería competente, conforme dispone el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se publicará, junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura. Asimismo, la publicación de la convocatoria se efectuará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura. El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que la Consejería de Salud y Servicios Sociales ejercerá las competencias en materia de sanidad, dependencia y accesibilidad universal, así como las de infancia y familia, servicios sociales, migraciones, prestaciones sociales y las de consumo. El Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud atribuye a la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia,

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2280o/25064189.pdf
