# Extracto de la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2026 (tramitación anticipada).

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-12-18
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte De Viajeros. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2025064516
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2025-12-18/extracto-resolucion-secretaria-general-que-aprueba-convocatoria-publica-concesion-subvenciones-destinadas-fomento-movilidad-transporte-publico-GpogLe
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2430o/25064516.pdf

## Contenido

NÚMERO 243 Jueves 18 de diciembre de 2025 69322 EXTRACTO de la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete para el año 2026 (tramitación anticipada). (2025064516) BDNS(Identif.): 875186 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria referenciada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/) y en el Diario Oficial de Extremadura. Primero. Convocatoria. 1. Se aprueba, para el año 2026, la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y por la que se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100 % del precio del billete. 2. Al tratarse de una convocatoria de tramitación anticipada, el otorgamiento de las subvenciones quedará sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, en el ejercicio en que debe iniciarse la ejecución del gasto, para atender las obligaciones que se generen como consecuencia de su concesión en el ejercicio del año 2026, así como a lo dispuesto respecto a la tramitación anticipada de expedientes de subvenciones en la Regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura, y en la Resolución de 27 de julio de 2021, de la Intervención General, por la que se modifica la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura, aprobada mediante Orden de 17 de diciembre de 2020 y se aprueban los modelos de certificado de existencia de crédito adecuado y suficiente en la tramitación anticipada de los gastos. Segundo. Objeto. Financiar la movilidad de las personas beneficiarias a través de los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, como actividad de interés social, mediante la bonificación íntegra del precio del billete o título de transporte que las personas usuarias adquieran en aquellos desplazamientos que tengan su origen y destino en la Comu-

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2430o/25064516.pdf
