# Extracto de la convocatoria de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, correspondiente a la anualidad 2026.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-01-07
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Vivienda. Ayudas.
- **Identificador oficial:** 2025040326
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2026-01-07/extracto-convocatoria-subvenciones-programa-autonomico-rehabilitacion-vivienda-correspondiente-anualidad-2026-no0gB9
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/30o/25040326.pdf

## Contenido

NÚMERO 3 Miércoles 7 de enero de 2026 667 EXTRACTO de la convocatoria de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, correspondiente a la anualidad 2026. (2025040326) BDNS(Identif.):877917 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE (http://doe.juntaex.es). Primero. Objeto. Convocatoria de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, correspondiente a la anualidad 2026, que tiene por objeto la financiación de la ejecución de las actuaciones subvencionables reguladas en el apartado 3.2 de la convocatoria, que se ejecuten en viviendas unifamiliares -aisladas o agrupadas en fila, ya sean urbanas o rurales-, en el interior de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva y en inmuebles destinados a otros usos, siempre que las viviendas e inmuebles referidos, y las actuaciones ejecutadas en los mismos, cumplan los requisitos señalados en el apartado 3.1 de la convocatoria. Segundo. Personas beneficiarias. Personas físicas mayores de edad que sean titulares del 100 % del pleno dominio o del usufructo vitalicio de la vivienda objeto de la actuación subvencionable, y que reúnan el resto de los requisitos señalados en el apartado 2 de la convocatoria. Tercero. Bases reguladoras. Decreto 177/2025, de 9 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, y se aprueba la primera convocatoria de dicho programa de subvención. Cuarto. Cuantía. 1. A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 4.000.000,00 €, de los cuales 300.000,00 € se imputarán al ejercicio 2026, 1.637.976,00 € al ejercicio 2027, 2.037.976,00 € al ejercicio 2028, y 24.048,00 € al ejercicio 2029 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicación presu-

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/30o/25040326.pdf
