# Orden de 18 de diciembre de 2025 por la que se convoca el V Concurso de Debate Escolar de Extremadura.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-01-08
- **Organismo:** Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios.
- **Identificador oficial:** 2025050214
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2026-01-08/orden-18-diciembre-2025-que-convoca-v-concurso-debate-escolar-extremadura-ndyy62
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/40o/25050214.pdf

## Contenido

NÚMERO 4 Jueves 8 de enero de 2026 I 815 DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL ORDEN de 18 de diciembre de 2025 por la que se convoca el V Concurso de Debate Escolar de Extremadura. (2025050214) El artículo 10.1.4 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del mismo, otorga a la Comunidad Autónoma la competencia para desarrollar y ejecutar normas en materia de educación, abarcando todos los niveles, grados, modalidades y especialidades. Esto se hace sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución Española y en las leyes orgánicas que lo desarrollan. Por otro lado, el Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, formalizó el traspaso de fun­ ciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ámbito de la enseñanza no universitaria. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo) estable­ ce varios factores que favorecen la calidad de la enseñanza, reflejados en distintos artículos y disposiciones de la ley. En el artículo 1, “Principios que guían la ley”, se incluyen la equidad e inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades, la atención personalizada al alumnado, la participación de la comunidad educativa y la igualdad de derechos, deberes y oportunidades. En el artículo 2, “Fines del sistema educativo”, se detallan la calidad de la en­ señanza y el desarrollo de las capacidades del alumnado, y se destaca el bienestar emocional y físico. La Ley Orgánica se modificó con la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340 de 29 de diciembre). Esta nueva ley centra sus principios pedagógicos en el desarrollo integral del alumnado y establece una enseñanza basada en competencias. La intervención educativa busca desarrollar y afianzar progresivamente las bases para que cada alumno o alumna ad­ quiera adecuadamente las competencias clave previstas en el perfil de salida al término de la enseñanza básica, considerando siempre su proceso madurativo individual y los niveles de desempeño esperados para esta etapa. La nueva ley de educación actualiza el currículo y se orienta hacia una enseñanza competen­ cial. El objetivo es que los estudiantes sean competentes y estén preparados para el mundo real. Para lograrlo, el perfil de salida de los alumnos se estructura en torno a las competen­ cias clave. Así, el currículo incluirá de manera integrada competencias en el ámbito digital y habilidades lingüísticas (comprensión lectora, expresión oral y escrita, y comunicación audio­ visual), desarrollando estrategias específicas en todas las áreas y materias.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/40o/25050214.pdf
