# Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Universidad, de concesión directa de subvención, sin convocatoria pública, a favor de la Universidad de Extremadura, para financiar el programa "UEx. Compensación de precios públicos a la UEx".

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-02-11
- **Organismo:** Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2026060346
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2026-02-11/resolucion-17-diciembre-2025-direccion-general-universidad-concesion-directa-subvencion-convocatoria-publica-favor-universidad-extremadura-financiar-Gby9wk
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/280o/26060346.pdf

## Contenido

NÚMERO 28 Miércoles 11 de febrero de 2026 7154 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Universidad, de concesión directa de subvención, sin convocatoria pública, a favor de la Universidad de Extremadura, para financiar el programa "UEx. Compensación de precios públicos a la UEx". (2026060346) El artículo 10 de la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Extremadura establece, en su redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia para el desarrollo legislativo y ejecución en materia de educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En este marco, corresponde a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional concretamente a través de la Dirección General de Universidad, ejercer las funciones relativas a la enseñanza universitaria en Extremadura, y en particular, la relación y coordinación con la Universidad de Extremadura, de acuerdo con el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional. El Decreto 74/2023, de 12 de julio, por el que se fijan los precios públicos de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales en la Universidad de Extremadura para el curso académico 2023/2024, incluye en su regulación los supuestos y requisitos de exenciones y bonificaciones, estableciendo en la disposición adicional primera que “Los importes correspondientes a las exenciones y bonificaciones de precios públicos esta­blecidos en el presente decreto serán compensados a la Universidad de Extremadura por la Junta de Extremadura, salvo aquellas compensaciones o bonificaciones que correspondan a la Administración del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.4.b) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario”. El artículo 57.4.b) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, dispone que, en el caso de estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial, los precios públicos y derechos serán fijados por la Comunidad Autónoma o Administración correspondiente, dentro de un marco general de contención o reducción progresiva de los precios públicos. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 154/2022, de 22 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2022-2023, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, “si la cantidad aportada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional resultase inferior al coste de las becas de matrícula, en los términos definidos en el artículo 4.1.e), la comunidad autónoma correspondiente proce-

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/280o/26060346.pdf
