# Resolución de 30 de abril de 2026, de la Secretaría General, para la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2026.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-05-20
- **Organismo:** Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas.
- **Identificador oficial:** 2026061220
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2026-05-20/resolucion-30-abril-2026-secretaria-general-concesion-ayudas-programacion-escenarios-moviles-ano-2026-5K3koX
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/950o/26061220.pdf

## Contenido

NÚMERO 95 Miércoles 20 de mayo de 2026 21830 RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2026, de la Secretaría General, para la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2026. (2026061220) De conformidad con lo dispuesto en el resuelve decimoséptimo de la Resolución de 24 de noviembre de 2025 (DOE n.º 2, de 5 de enero de 2026) sobre convocatoria para la incorporación de empresas al Programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2026, a propuesta de la Secretaría General de Cultura de fecha 17 de abril de 2026 RESUELVO: Primero. Conceder las ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2026 a las entidades, por los importes, con las fechas y espectáculos que se especifican en el anexo I, por un importe total de cuatrocientos siete mil doscientos setenta y tres euros con noventa céntimos (407.273,90 €) de acuerdo con el apartado decimoquinto de la resolución de convocatoria que se imputará a la posición presupuestaria siguiente: 150020000/G/273B/46000/20001164/CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el 2026. Segundo. Publicar, en el anexo II, la relación complementaria ordenada de solicitudes a efectos de posibles renuncias de los beneficiarios. Tercero. Publicar las solicitudes desestimadas y desistida por diversos motivos en el anexo III. Cuarto. De conformidad con lo establecido en el resuelvo 23 de la Resolución de 24 de noviembre de 2025, estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, siempre que la cuantía no supere aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la contratación para la que se solicita la subvención. Quinto. La actividad subvencionable se desarrollará entre el 20 de junio y el 14 de septiembre de 2026. Sexto. Las entidades beneficiarias, incluidas en el Programa I, deberán cumplir las obligaciones específicas comprendidas en el resuelvo 21 de la resolución de convocatoria y que se relacionan a continuación:

## Fuente

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Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/950o/26061220.pdf
