# Modificación del Extracto y Anuncio del aumento de los créditos de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva correspondiente al ejercicio 2025, aprobada mediante Resolución de 3 de junio de 2025.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-05-26
- **Organismo:** Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas.
- **Identificador oficial:** 2026061260
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2026-05-26/modificacion-extracto-anuncio-aumento-creditos-convocatoria-subvenciones-destinadas-financiacion-programa-consolidapyme-programa-consolidacion-crecimiento-5lMm9b
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/990o/26061260.pdf

## Contenido

NÚMERO 99 Martes 26 de mayo de 2026 22478 MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio del aumento de los créditos de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva correspondiente al ejercicio 2025, aprobada mediante Resolución de 3 de junio de 2025. (2026061260) BDNS(Identif.): 839923 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 116 de fecha 18 de junio de 2025, Extracto de la Resolución de 3 de junio por la que se aprueba la convocatoria de ayudas del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva para la anualidad 2025. Estas ayudas están reguladas mediante Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, publicado en el DOE número 13, de 18 de enero de 2024, por el que se establecen las bases reguladoras del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva y modificado por el Decreto 37/2025, de 7 de mayo (DOE número 89 de 12 de mayo de 2025) cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) con la identificación BDNS 739429. El artículo 29.3 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria. En el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que: “Con los mismos trámites y requisitos señalados en el apartado 3 anterior, pero sin las limitaciones derivadas del artículo 23.2.h) de esta ley, se actuará para las variaciones que puedan producirse respecto a las aplicaciones o proyectos presupuestarios, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa”. A este respecto , el apartado 3 del citado artículo 39 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, establece que el aumento de los créditos en una convocatoria la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria, en el que se recojan de acuerdo

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/990o/26061260.pdf
