# Resolución de 3 de junio de 2026, de la Dirección General de Universidad, por la que se concede una subvención directa a la Universidad de Extremadura para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador en la Universidad de Extremadura en ejecución de lo dispuesto en el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-06-11
- **Organismo:** Consejería De Educación Y Formación Profesional. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2026061430
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2026-06-11/resolucion-3-junio-2026-direccion-general-universidad-que-concede-subvencion-directa-universidad-extremadura-implementacion-n36Yg0
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1110o/26061430.pdf

## Contenido

NÚMERO 111 Jueves 11 de junio de 2026 24873 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2026, de la Dirección General de Universidad, por la que se concede una subvención directa a la Universidad de Extremadura para la implementación del Programa de Incorporación de Talento Docente e Investigador en la Universidad de Extremadura en ejecución de lo dispuesto en el capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. (2026061430) El artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia para el desarrollo legislativo y ejecución en materia de educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. Mediante Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, se realiza el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de universidades. En este marco, corresponde a la Consejería de Educación y Formación Profesional concretamente a través de la Dirección General de Universidad, ejercer las funciones relativas a la enseñanza universitaria en Extremadura, y en particular, la relación y coordinación con la Universidad de Extremadura, de acuerdo con el Decreto 18/2026, de 30 de abril, establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece la necesidad de trabajo en común de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, así como de las universidades, en la consecución del equivalente al 1% del PIB de gasto público destinado a la financiación de la educación universitaria pública. De acuerdo con la citada ley orgánica, la figura del Profesor/a Ayudante Doctor, con carácter general, constituye el hito clave en la incorporación a la carrera profesional del personal docente e investigador de las universidades españolas, de manera que después de su progreso académico pueda estabilizarse profesionalmente, previa acreditación y celebración y superación de un concurso público, con la figura funcionarial del Profesor/a Titular de Universidad, o en su caso la del Profesor/a Permanente Laboral. La ley en este sentido pretende favorecer la estabilización de las plantillas universitarias, fijar una carrera profesional del profesorado basada en los méritos académicos y la transparencia y rigor procedimentales, rejuvenecer las plantillas y abrir espacios para la atracción y para la retención de talento docente e investigador.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1110o/26061430.pdf
