# Resolución de 17 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven", correspondiente a las anualidades 2026-2027.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-07-02
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Vivienda. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2026061591
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2026-07-02/resolucion-17-junio-2026-secretaria-general-que-convocan-ayudas-estatales-programa-bono-alquiler-joven-correspondiente-anualidades-2026-2027-GbzPg7
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1260o/26061591.pdf

## Contenido

NÚMERO 126 Jueves 2 de julio de 2026 28262 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven", correspondiente a las anualidades 2026-2027. (2026061591) El artículo 9.1.31 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye la competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Extremadura la materia de “Urbanismo y Vivienda. Normas de calidad e innovación tecnológica en la edificación y de conservación del patrimonio urbano tradicional”. Por su parte, el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, atribuye a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura el ejercicio de las competencias en materia de vivienda. El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler joven y el Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025 (BOE número 16, de 19 de enero), establece diversos programas de ayudas a actuaciones protegidas en materia de vivienda para el período cuatrienal que menciona. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2 del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, corresponde a los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla la ordenación, instrucción, tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Bono Alquiler Joven, así como la gestión de su abono una vez se haya reconocido por dichas administraciones el derecho de las personas beneficiarias a obtenerlo, dentro de las condiciones y límites establecidos en dicho real decreto. El Decreto 165/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda “Bono Alquiler Joven” y de determinadas subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, y se aprueba la primera convocatoria de diversos programas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 3, de 7 de enero), ha venido a regular el procedimiento de concesión de las subvenciones de distintos programas incluidos en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero; los requisitos específicos que deberán reunir los beneficiarios; la documentación que deben acompañar a su solicitud; la cuantía y abono de la ayuda pública; y las obligaciones que incumben a los que resulten ser beneficiarios de la misma; respetando en todo caso la normativa estatal.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1260o/26061591.pdf
