# Anuncio de 24 de septiembre de 2026 por el que se da publicidad a las ayudas al Bono Alquiler Joven concedidas en el año 2025 por la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, al amparo del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-10-02
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas.
- **Identificador oficial:** 2026081634
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/extremadura/2026-10-02/anuncio-24-septiembre-2026-que-da-publicidad-ayudas-bono-alquiler-joven-concedidas-ano-2025-comunidad-autonoma-GDavj2
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1910o/26081634.pdf

## Contenido

NÚMERO 191 Viernes 2 de octubre de 2026 41687 ANUNCIO de 24 de septiembre de 2026 por el que se da publicidad a las ayudas al Bono Alquiler Joven concedidas en el año 2025 por la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, al amparo del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. (2026081634) El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regula los diferentes programas de ayudas que se establecen en el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. Las bases reguladoras de dichas subvenciones son las establecidas Decreto 165/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda “Bono Alquiler Joven” y de determinadas subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, y se aprueba la primera convocatoria de diversos programas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El artículo 15 de la misma, dispone que las subvenciones concedidas se publicarán en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/concesiones, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se imputen, e identificando al beneficiario, la cantidad concedida, y la finalidad o finalidades de las subvenciones concedida. La publicación se efectuará en el Diario Oficial de Extremadura cuando las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía igual o superior a 3.000 euros. El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando los importes de las mismas, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a los 3.000 euros. En este caso procede publicar las ayudas concedidas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025. En virtud de lo dispuesto se procede a: 1. D ar publicidad en el anexo I a los beneficiarios de las ayudas concedidas del Programa Bono Alquiler Joven, incluida en la Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa “Bono Alquiler Joven”, correspondiente a las anualidades 2025 y 2026. La financiación de estas ayudas se ha realizado con cargo a la Aplicación Presupuestaria: 160020000 G/261A/48000, Proyecto de Gasto: 20220388 y Fuente de Financiación: TE de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1910o/26081634.pdf
