# Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Resolución de 8 de abril de 2026, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convocan ayudas económicas del programa de acogida a personas refugiadas para la realización de estudios superiores en la Universidad Complutense de Madrid en el curso 2025-26

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-04-17
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID
- **Identificador oficial:** BOCM-20260417-16
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-04-17/extracto-convocatoria-subvenciones-extracto-resolucion-8-abril-2026-universidad-complutense-madrid-que-convocan-ayudas-economicas-programa-nmljgy
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/17/BOCM-20260417-16.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 90 VIERNES 17 DE ABRIL DE 2026 Pág. 99 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Universidad Complutense de Madrid 16 EXTRACTO de la Resolución de 8 de abril de 2026, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convocan ayudas económicas del programa de acogida a personas refugiadas para la realización de estudios superiores en la Universidad Complutense de Madrid en el curso 2025-26. BDNS: 897657 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web de la Universidad Complutense de Madrid. Primero Convocatoria Se convocan en régimen de concurrencia competitiva ayudas de exención de matrícula por un importe máximo de 10.500 euros para atender a estudiantes que se encuentren en situación de nuevo ingreso o de continuidad en el programa de acogida a personas refugiadas. Segundo Beneficiarios Podrán ser beneficiarios los estudiantes que, reuniendo los requisitos establecidos, se encuentren matriculados en estudios de grado o máster en la UCM en el curso académico 2025-26. Tercero Características de la ayuda La ayuda consistirá en la exención del 100 por 100 del importe a abonar por el estudiante por los créditos matriculados en primera y segunda matrícula en el curso 2025-26. En el caso de estudios de grado la cuantía de la compensación en ningún caso superará el importe de los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los estudios cursados. En el caso de máster, el importe de la compensación no podrá superar los 2.100 euros. Cuarto La solicitud se deberá cumplimentar mediante instancia general disponible en la página web de la UCM en la sede del registro electrónico: https://sede.ucm.es /, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 8 de abril de 2026.—EL Rector, P. D. (Decreto Rectoral 4/2025, de 10 de marzo), la Vicerrectora de Estudiantes, Rosa María de la Fuente Fernández. (03/5.551/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM-20260417-16 Solicitudes

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/04/17/BOCM-20260417-16.PDF
