# Régimen económico. Plan estratégico subvenciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-05-13
- **Organismo:** Arroyomolinos
- **Identificador oficial:** BOCM-20260513-64
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-05-13/regimen-economico-plan-estrategico-subvenciones-N72XL4
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/13/BOCM-20260513-64.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 112 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 13 DE MAYO DE 2026 Pág. 381 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 64 ARROYOMOLINOS RÉGIMEN ECONÓMICO BOCM-20260513-64 Con fecha 24 de abril se ha dictado decreto del alcalde número 1659/2026, en el que consta la siguiente modificación del Plan Estratégico de Subvenciones: «Artículo 9. A) Acción Social, Mujer, Tercera Edad: En materia de acción social, mujer y tercera edad el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del Plan, las siguientes líneas de subvención: a) Objetivos: Incrementar las actividades encaminadas a la promoción, incorporación y permanencia de la mujer en el mundo laboral, tratando de conseguir la igualdad en todos los aspectos de su vida, facilitando la conciliación de la vida familiar y laboral, mejorando su calidad de vida y persiguiendo el acoso sexual en el trabajo. Desarrollar y afianzar actividades para personas del término municipal con diferentes discapacidades físicas, discapacidad intelectual o trastornos generalizados del desarrollo. Desarrollar actividades dentro del ámbito de la tercera edad para que nuestros mayores potencien sus habilidades y fomentar un ocio que las desarrolle, así como favorecer su incorporación al uso de nuevas tecnologías. Asimismo, se promoverán actuaciones dirigidas a la mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda de personas mayores y/o con discapacidad, facilitando su permanencia en el entorno domiciliario en condiciones adecuadas de accesibilidad, seguridad y autonomía. b) Efectos pretendidos: Aumentar el número de empresas que incorporan mujeres en su desenvolvimiento en el mundo actual. Establecimiento de un plan de igualdad de género c) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos. d) Plan de acción: Impartir cursos de formación en los nuevos sectores de empleo, especialmente dirigidos a mujeres con discapacidad e inmigrantes; conceder incentivos a mujeres empresarias para la consolidación de pequeñas empresas; apoyar la puesta en marcha de proyectos empresariales, sociedades laborales y cooperativas de mujeres, priorizando los proyectos innovadores en sectores emergentes; impulsar la creación de guarderías por las propias empresas en los entornos más próximos a los centros de trabajo; activación y seguimiento del plan de igualdad, asesoramiento integral en violencia de género. Asimismo, se establecerán líneas de subvención destinadas a la mejora de la habitabilidad de viviendas de personas mayores y/o con discapacidad, incluyendo actuaciones de accesibilidad, eliminación de barreras arquitectónicas, adaptación de espacios y mejora de condiciones básicas de salubridad y seguridad».

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/05/13/BOCM-20260513-64.PDF
