# Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-06-30
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
- **Identificador oficial:** BOCM-20260630-13
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-06-30/extracto-convocatoria-subvenciones-extracto-orden-consejero-presidencia-justicia-administracion-local-que-aprueba-convocatoria-ano-2026-subvenciones-destinadas-nokr7B
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/30/BOCM-20260630-13.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 94 MARTES 30 DE JUNIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 153 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local 13 EXTRACTO de la Orden del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo. BDNS: 914536 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias ) y en la página web de la Comunidad de Madrid ( https://www.comunidad.madrid ). Primero Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, con fines vinculados a las víctimas del terrorismo. No se incluirán las entidades del sector público, los partidos políticos, las universidades, los colegios profesionales y otras entidades con análogos fines y naturaleza. Segundo Objeto La presente Orden tiene por objeto aprobar para el año 2026 la convocatoria de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades sin ánimo de lucro para la realización de un programa de actividades en el área de ayuda a las víctimas del terrorismo. Tercero Bases reguladoras La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden 2579/2016, de 7 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de julio de 2016), por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo, modificada posteriormente por la Orden 1866/2017, de 23 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 julio 2017), del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno; por Orden del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas de 20 de mayo de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de junio 2021) y por Orden de 8 de enero de 2026 y de 25 de mayo de 2026 del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de enero y 3 de junio de 2026). Cuantía 1. La subvención está dotada de un importe de 330.000 euros, con cargo al subconcepto 48099 “Otras instituciones sin fines de lucro” del programa 924M “Dirección y Gestión Administrativa de Presidencia, Justicia y Administración Local”, del presupuesto de la Comunidad de Madrid para el año 2026. 2. Serán financiados los gastos de las actividades subvencionables que reúnan los requisitos exigidos, con un importe máximo de subvención de 40.000 euros. Si quedara rema- BOCM-20260630-13 Cuarto

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/30/BOCM-20260630-13.PDF
