# Crédito presupuestario ayudas – Orden 3463/2026, de 22 de agosto, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2026-2027 y se establece el plazo de presentación de solicitudes y el período subvencionable

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-02
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260902-28
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-09-02/credito-presupuestario-ayudas-orden-34632026-22-agosto-consejera-educacion-ciencia-universidades-que-declara-importe-creditos-disponibles-GxddK8
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/02/BOCM-20260902-28.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 209 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 101 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Ciencia y Universidades 28 ORDEN 3463/2026, de 22 de agosto, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2026-2027 y se establece el plazo de presentación de solicitudes y el período subvencionable. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda. Mediante Acuerdo de 27 de noviembre de 2018, del Consejo de Gobierno, se aprobaron las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de las ayudas individualizadas de trasporte escolar, modificado por Acuerdo de 13 de mayo de 2020, del Consejo de Gobierno. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995, de 8 de noviembre, DISPONGO Primero El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, para el curso académico 2026-2027, de las ayudas individualizadas de transporte escolar es de 350.000 euros. Segundo Las referidas obligaciones se imputarán al Subconcepto 48399 del Programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2027. Tercero El período subvencionable correspondiente al crédito presupuestario disponible que figura en esta orden es el curso académico 2026-2027. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial que se podrá obtener y cumplimentar a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid y deberán ir acompañadas del Certificado del Director del Centro o CET disponible igualmente en la citada página web. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. BOCM-20260902-28 Cuarto

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/02/BOCM-20260902-28.PDF
