# Concesión ayudas – Orden 3226/2026, de 22 de agosto, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de 2025, de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid, en la modalidad de programas de actividades de I+D en Salud

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-04
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260904-22
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-09-04/concesion-ayudas-orden-32262026-22-agosto-consejera-educacion-ciencia-universidades-que-resuelve-convocatoria-2025-ayudas-proyectos-n3z89Z
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/04/BOCM-20260904-22.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 92 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2026 B.O.C.M. Núm. 211 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Ciencia y Universidades 22 ORDEN 3226/2026, de 22 de agosto, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de 2025, de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid, en la modalidad de programas de actividades de I+D en Salud. Mediante la Orden 2402/2024, de 31 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se establecieron las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid. La Orden 6070/2025, de 19 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, aprobó la convocatoria del año 2025 de ayudas a proyectos de I+D realizados en colaboración entre grupos de investigación pertenecientes a las universidades y organismos de investigación de la Comunidad de Madrid, en la modalidad de programas de actividades de I+D en Salud. Según lo establecido en el artículo 20 de la Orden 2402/2024, de 31 de mayo, una vez concluido el proceso de evaluación de las solicitudes y selección de las mismas, conforme a lo previsto en sus artículos 18 y 19, de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Selección reunida el 14 de mayo de 2026, la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, el día 21 de mayo de 2026, realizó la notificación de la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas para la realización de programas de actividades de I+D en Salud, otorgando un plazo de diez días para la realización de alegaciones por parte de las entidades solicitantes, de conformidad con el artículo 20.4 de la Orden 2402/2024, de 31 de mayo. En relación con las ayudas propuestas para su concesión, todas fueron aceptadas por las entidades solicitantes. En relación con las ayudas propuestas para su desestimación se recibieron veinticinco alegaciones. Tras la valoración por el órgano instructor de las alegaciones presentadas y tras recabar el informe de la comisión de selección reunida con fecha 23 de junio de 2026, se notificó a las entidades solicitantes la propuesta de resolución definitiva el 24 de junio de 2026. De conformidad con lo previsto en el artículo 21 de la Orden 2402/2024, de 31 de mayo, los dispongo decimotercero y vigésimo de la Orden 6070/2025, de 19 de diciembre y el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, DISPONGO Conceder las ayudas establecidas en el Anexo I con indicación de la referencia del expediente, razón social y NIF de la entidad coordinadora, puntuación obtenida y ayuda concedida. En el Anexo II se indica, para cada ayuda concedida, título del programa de actividades de I+D, los grupos de investigación y entidades participantes. En el Anexo III se relacionan las solicitudes desestimadas, indicando para cada una de ellas la referencia del expediente, la razón social y el NIF de la entidad coordinadora, así como la puntuación obtenida. La desestimación se fundamenta en no haber alcanzado la puntuación mínima de 70 puntos exigida para ser propuestas para financiación, de acuerdo con el apartado 2 del dispongo decimonoveno de la Orden 6070/2025, de 19 de diciembre, o, en el caso de las solicitudes que si alcanzaron dicha puntuación, en el agotamiento del crédito presupuestario destinado a estas ayudas. BOCM-20260904-22 Primero

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/04/BOCM-20260904-22.PDF
