# Concesión becas – Orden 3633/2026, de 2 de septiembre, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declaran los expedientes excluidos en relación con la Orden 3630/2026, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelven las becas para comedor escolar convocadas de conformidad con el plazo establecido en la Orden 1696/2026, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso 2026-2027

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-04
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260904-27
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-09-04/concesion-becas-orden-36332026-2-septiembre-consejera-educacion-ciencia-universidades-que-declaran-expedientes-excluidos-relacion-orden-N7vWXE
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/04/BOCM-20260904-27.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 142 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2026 B.O.C.M. Núm. 211 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Ciencia y Universidades 27 ORDEN 3633/2026, de 2 de septiembre, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declaran los expedientes excluidos en relación con la Orden 3630/2026, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelven las becas para comedor escolar convocadas de conformidad con el plazo establecido en la Orden 1696/2026, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso 2026-2027. Mediante Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, se aprobaron las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para el comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, modificado mediante Acuerdo de 30 de abril de 2025. Por Orden 1696/2026, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, se declaró el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor escolar, durante el período lectivo del curso 2026-2027. Según lo dispuesto en el artículo 14 del citado Acuerdo, el órgano instructor del procedimiento, al que le corresponde la realización de todas las actuaciones previas a la resolución es la dirección general competente en materia de becas y ayudas al estudio, en la actualidad la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio. La Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, mediante la Orden 3630/2026, ha resuelto conceder las citadas becas a los beneficiarios. El apartado 4 de la Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, establece que se delegan en los titulares de las direcciones generales en relación con todas las líneas de subvención de sus respectivos ámbitos materiales de competencias, la adopción de los actos que procedan para declarar el desistimiento y la exclusión de las solicitudes. En base a la citada norma, DISPONGO Primero Declarar excluidas las solicitudes de becas para el comedor escolar correspondientes al curso 2026-2027 relacionadas en el Anexo, por los motivos allí expuestos y declarar concluso el procedimiento. Esta orden se publicará en la página web institucional de la Comunidad de Madrid, donde también se podrá consultar la situación detallada de las solicitudes y, a efectos del cómputo de plazos para la interposición de recursos, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Complementariamente a la publicación oficial en la página web institucional de la Comunidad de Madrid, los interesados podrán informarse del resultado de su solicitud en las Direcciones de Área Territorial y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. Tercero Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL BOCM-20260904-27 Segundo

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/04/BOCM-20260904-27.PDF
