# Extracto convocatoria subvenciones – Extracto del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de septiembre de 2026, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de las ayudas urgentes al alquiler de vivienda para contribuir a paliar los efectos producidos por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-04
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
- **Identificador oficial:** BOCM-20260904-31
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-09-04/extracto-convocatoria-subvenciones-extracto-acuerdo-consejo-gobierno-2-septiembre-2026-que-aprueban-normas-reguladoras-procedimiento-concesion-directa-Gq0ewo
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/04/BOCM-20260904-31.PDF

## Contenido

BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 172 VIERNES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2026 B.O.C.M. Núm. 211 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras 31 EXTRACTO del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de septiembre de 2026, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de las ayudas urgentes al alquiler de vivienda para contribuir a paliar los efectos producidos por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid. BDNS: (927720) De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la sede electrónica: https://sede.comunidad.madrid Primero Beneficiarios Podrán ser beneficiarios las personas físicas mayores de edad cuya vivienda habitual y permanente haya resultado afectada por daños ocasionados por los incendios forestales en alguno de los municipios de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid y que hayan formalizado un contrato de arrendamiento de una solución habitacional durante el tiempo que se mantenga inutilizada su vivienda habitual. Segundo Objeto Las ayudas económicas adoptarán la forma de subvenciones y se concederán de forma directa para facilitar el acceso a una vivienda en régimen de arrendamiento a las personas cuya vivienda habitual y permanente haya resultado afectada por daños ocasionados por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid. Tercero Bases reguladoras Las bases reguladoras se encuentran en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de septiembre de 2026 por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de las ayudas urgentes al alquiler de vivienda para contribuir a paliar los efectos producidos por los incendios forestales de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid. Cuarto El importe de la ayuda a conceder será del 100 por 100 del importe de la renta pagada en concepto de arrendamiento de vivienda por la persona beneficiaria y hasta un máximo de 1.500 euros mensuales. En esta cuantía se entenderá incluido, en su caso, el importe correspondiente al arrendamiento de garajes y trasteros. Se subvencionarán hasta 12 mensualidades completas de renta iniciándose el periodo subvencionable en la fecha de entrada en vigor del contrato. En el caso en el que antes de ese plazo regresaran a sus domicilios habituales dañados por los incendios, la ayuda se interrumpirá a partir de ese momento. BOCM-20260904-31 Cuantía

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/04/BOCM-20260904-31.PDF
