# Plan estratégico subvenciones – Orden de 25 de agosto de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se rectifican los errores materiales detectados en la Orden de 18 de agosto de 2026, por la que se modifica la Orden de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2026-2028

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-04
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
- **Identificador oficial:** BOCM-20260904-29
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-09-04/plan-estrategico-subvenciones-orden-25-agosto-2026-consejeria-vivienda-transportes-e-infraestructuras-que-rectifican-errores-materiales-detectados-n8X0eP
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/04/BOCM-20260904-29.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 211 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 169 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras 29 ORDEN de 25 de agosto de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se rectifican los errores materiales detectados en la Orden de 18 de agosto de 2026, por la que se modifica la Orden de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2026-2028. Habiéndose advertido un error material en la Orden de la Consejería de Vivienda Transportes e Infraestructuras, de 18 de agosto de 2026, por la que se modifica la Orden de 20 de febrero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2026-2028, y de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/20215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su rectificación en los siguientes términos: En el Anexo II, ayudas urgentes al alquiler de vivienda para contribuir a paliar los efectos procedidos por los incendios forestales de la sierra oeste de la Comunidad de Madrid, apartado costes previsibles y fuente de financiación: Dónde dice: «Las ayudas se financiarán con cargo al programa presupuestario 261C “Ayudas y Acceso a la Vivienda”, subconcepto económico 48310 “Programa de ayudas al alquiler”, proyecto de gasto 2026/000919, “Emergencias incendios Comunidad de Madrid”». Debe decir: «Las ayudas se financiarán con cargo al programa presupuestario 261C “Ayudas y Acceso a la Vivienda”, subconcepto económico 48309 “Plan Regional: Fomento del Alquiler de Vivienda”, proyecto de gasto 2026/000919, “Emergencias incendios Comunidad de Madrid”». Madrid, a 25 de agosto de 2026. El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, JORGE RODRIGO DOMÍNGUEZ BOCM-20260904-29 (03/13.899/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/04/BOCM-20260904-29.PDF
