# Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-09
- **Organismo:** Majadahonda
- **Identificador oficial:** BOCM-20260909-40
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-09-09/regimen-economico-extracto-convocatoria-subvenciones-GXPLWk
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/09/BOCM-20260909-40.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 215 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 89 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 40 MAJADAHONDA RÉGIMEN ECONÓMICO Extracto de la convocatoria de ayudas del Ayuntamiento de Majadahonda a personas mayores empadronadas y residentes en la localidad para tratamientos podológicos realizados desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026. Resolución 3143/2026, de 12 de agosto, de la concejala de Bienestar Social, Familia y Mayores del Ayuntamiento de Majadahonda, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas del Ayuntamiento de Majadahonda a personas mayores empadronadas y residentes en la localidad para tratamientos podológicos realizados desde el 1 de octubre de 2025 y hasta la fecha el 30 de septiembre de 2026. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 1 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index y en la página web del Ayto. de Majadahonda ( http://www.majadahonda.org ). Primero. Beneficiarios.—Podrán tener la condición de beneficiarios de esta ayuda los mayores de 65 años o pensionistas mayores de 60, o cónyuges de ambos, mayores de 60 años que no realicen un trabajo remunerado, que cumplan los siguientes requisitos: — Ser español o extranjero con residencia legal en España. — Estar empadronados en Majadahonda. Los solicitantes deberán estar al corriente de pago en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales en el momento de la solicitud. El solicitante deberá cumplir en todo caso los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Segundo. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria son las ayudas económicas promovidas por la Concejalía de Bienestar Social, Familia y Mayores y concedidas por el Ayuntamiento de Majadahonda a las personas mayores empadronadas y residentes en la localidad para tratamientos podológicos realizados desde el 1 de octubre de 2025 y hasta el 30 de septiembre de 2026. Tercero. Bases reguladoras.—Bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Concejalía de Servicios Sociales, aprobada en Pleno del Ayuntamiento de Majadahonda celebrado en sesión ordinaria el 27 de noviembre de 2001. Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de las ayudas económicas asciende a 15.000,00 euros, consignados en la aplicación presupuestaria número 2311 “Asistencia social primaria” para el ejercicio 2026, con cargo a la partida presupuestaria 012 2311 48000. Existe crédito retenido en la operación A 920260004622. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para presentar las solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Majadahonda, a 24 de agosto de 2026.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores Moreno Molinos. (03/13.909/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM-20260909-40 BDNS (Identif.): 925409

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/09/BOCM-20260909-40.PDF
