# Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-15
- **Organismo:** Parla
- **Identificador oficial:** BOCM-20260915-83
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-09-15/regimen-economico-extracto-convocatoria-subvenciones-5Baqyx
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/15/BOCM-20260915-83.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 220 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 379 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 83 PARLA RÉGIMEN ECONÓMICO Extracto del acuerdo de la JGL, de 28 de agosto de 2026, por la que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos educativos de teatro en institutos de Educación Secundaria para el curso 2026-2027. BDNS (Identif.): 928140 BOCM-20260915-83 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ): Primero. Beneficiarios.—Podrán presentar a esta convocatoria todos los Institutos de Educación Secundaria del Municipio de Parla. Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de toda la comunidad educativa, profesorado, padres y madres y alumnos/as en el desarrollo de iniciativas que vengan a mejorar la calidad de la educación en los centros educativos del Municipio de Parla. Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno en fecha 28 de diciembre de 2004, y publicada definitivamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuarto. Cuantía.—La cuantía máxima destinada a la convocatoria para el total de proyectos que se presentan a subvención asciende a 6.000 euros La cuantía máxima individual por proyecto subvencionado será inferior a 3.000 euros. Este gasto se imputará a la aplicación 323.489.06 Ayudas y Subvenciones a Centros Educativos con cargo al presupuesto de 2027. El pago se realizará tras su justificación y como se establece en artículo 57 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de admisión de solicitudes será del 8 al 28 de octubre de 2026 ambos inclusive. Si las solicitudes no reunieran los datos exigidos o no vinieran acompañadas de la documentación necesaria, se requerirá al interesado/a para que en el plazo de diez días subsane los defectos, previniéndole de que en caso contrario, su solicitud se archivará sin más trámite. Parla, a 3 de septiembre de 2026.—La concejala-delegada de Educación, Infancia, Adolescencia, Inclusión y Agenda 2030, Isabel María Ávila Fernández. (03/14.373/26) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/15/BOCM-20260915-83.PDF
