# Bases ayudas – Orden 3289/2026, de 2 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de corrección de error material de la Orden 2555/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones forestales no productivas en montes de titularidad privada de la Comunidad de Madrid, en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales y en actuaciones para restauración de daños, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027 y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2026-2027

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-24
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
- **Identificador oficial:** BOCM-20260924-20
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-09-24/bases-ayudas-orden-32892026-2-septiembre-consejeria-medio-ambiente-agricultura-e-interior-correccion-error-material-orden-25552026-consejeria-nwx9BD
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/24/BOCM-20260924-20.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 228 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 131 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior 20 ORDEN 3289/2026, de 2 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de corrección de error material de la Orden 2555/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones forestales no productivas en montes de titularidad privada de la Comunidad de Madrid, en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales y en actuaciones para restauración de daños, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027 y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2026-2027. Con fecha 26 de junio de 2026 se firmó la Orden 2555/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones forestales no productivas en montes de titularidad privada de la Comunidad de Madrid, en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales y en actuaciones para restauración de daños, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027 y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2026-2027. Advertido error material en dicha Orden 2555/2026, de 26 de junio, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”, DISPONGO Primero Corregir el error material advertido en el Capítulo I relativo a las Bases Reguladoras, artículo 23.1 apartado a) punto 3.o, de la Orden 2555/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones forestales no productivas en montes de titularidad privada de la Comunidad de Madrid, en actuaciones selvícolas con objetivos ambientales y en actuaciones para restauración de daños, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España 2023-2027 y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2026-2027. De esta manera, donde dice: 3.oA.3. Construcción de fajinas y albarradas para control de la erosión del suelo: DESCRIPCIÓN A.3.1 Construcción de fajina/albarrada para contención de la erosión mediante la colocación en las curvas de nivel de estacas de madera ya obtenida in situ, clavadas al terreno y unidas entre sí con estacas horizontales y alambre, dejando una barrera de una altura libre de 50 cm SUBVENCIÓN MÁXIMA 70,00 €/m Debe decir: 3.oA.3. Construcción de fajinas y albarradas para control de la erosión del suelo: TIPO DESCRIPCIÓN A.3.1 Construcción de fajina/albarrada para contención de la erosión mediante la colocación en las curvas de nivel de estacas de madera ya obtenida in situ, clavadas al terreno y unidas entre sí con estacas horizontales y alambre, dejando una barrera de una altura libre de 50 cm SUBVENCIÓN MÁXIMA 17,00 €/m BOCM-20260924-20 TIPO

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/24/BOCM-20260924-20.PDF
