# Regulación Educación Primaria— Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se establece el número de horas semanales de orientación autorizadas en Educación Primaria en centros concertados para el curso 2026-2027

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-25
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES
- **Identificador oficial:** BOCM-20260925-21
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-09-25/regulacion-educacion-primaria-resolucion-10-septiembre-2026-direccion-general-educacion-concertada-becas-ayudas-estudio-que-establece-numero-NLPzVv
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/25/BOCM-20260925-21.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 229 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 195 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Ciencia y Universidades 21 RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se establece el número de horas semanales de orientación autorizadas en Educación Primaria en centros concertados para el curso 2026-2027. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, recoge en su artículo 157.1.h la obligación de las Administraciones educativas de proveer los recursos necesarios para garantizar la existencia de servicios o profesionales especializados en la orientación educativa, psicopedagógica y profesional. Con el fin de hacer efectivo el mandato de dotar a los centros sostenidos con fondos públicos de los recursos necesarios para la orientación educativa, la Comunidad de Madrid ha establecido en el artículo 43.1.f) de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026, la financiación para el servicio de orientación a los centros docentes que tengan unidades concertadas de Educación Primaria, conforme a la normativa de desarrollo de la citada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. De acuerdo a las unidades de concierto para el curso 2026-2027 en la etapa de Educación Primaria, los criterios fijados en la Orden 547/2019 de 24 de febrero, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se regulan los criterios para la organización y funcionamiento de la orientación en Educación Primaria en centros privados concertados de la Comunidad de Madrid, así como las líneas generales para su financiación, modificada por la Orden 3560/2026, de 31 de agosto, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y en función de las disponibilidades presupuestarias, se ha establecido el número de horas semanales que se autorizan a los centros que ya tienen implantada la orientación en Educación Primaria. Por ello, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, competente en la gestión de la financiación de los centros docentes concertados de acuerdo al artículo 13 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades en relación con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. RESUELVE Primero 1. Se autoriza a los centros que constan en el anexo I de la presente resolución, el número de horas lectivas semanales para el curso 2026-2027 que se indican en la relación. 2. En el anexo II se recogen otros centros con orientación en Educación Primaria, bien por tener autorizados Programas de Intervención Psicopedagógica y Orientación Educativa (PIPOE), bien por otras situaciones singulares. 3. Todos los centros que cuenten con autorización de horas de orientación mediante la presente Resolución, tendrán la obligación de organizar durante el curso 2026-2027 el Servicio de Orientación en Educación Primaria, y desarrollar las funciones encomendadas en la Orden 547/2019 de 24 de febrero. 4. El número de horas que figura en cada uno de los anexos, que se ha determinado en función de las unidades de concierto de los centros para el curso 2026-2027, se mantendrá fijo a lo largo de todo el curso. La variación del número de unidades que pudiera llevarse a cabo con posterioridad a la orden por la que se aprueben las modificaciones de los conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 2026-2027, en ningún caso supondrá un cambio en el número de horas de orientación autorizadas. BOCM-20260925-21 Autorización de horas de orientación educativa en Educación Primaria

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/25/BOCM-20260925-21.PDF
