# Plan estratégico de subvenciones – Orden de 11 de septiembre de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones destinado a los Premios de Emprendimiento y a los Premios de Proyectos Innovadores de Alto Impacto en el ámbito empresarial de la Comunidad de Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-10-13
- **Organismo:** C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
- **Identificador oficial:** BOCM-20261013-23
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/ayuda-subvencion-publica/madrid/2026-10-13/plan-estrategico-subvenciones-orden-11-septiembre-2026-consejeria-economia-hacienda-empleo-que-aprueba-plan-estrategico-subvenciones-NgB8zZ
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/10/13/BOCM-20261013-23.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 244 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 13 DE OCTUBRE DE 2026 Pág. 225 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 23 ORDEN de 11 de septiembre de 2026, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones destinado a los Premios de Emprendimiento y a los Premios de Proyectos Innovadores de Alto Impacto en el ámbito empresarial de la Comunidad de Madrid. El artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece que los órganos que propongan el establecimiento de subvenciones deberán concretar previamente en un plan estratégico los objetivos y efectos que se pretenden alcanzar, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación. Por su parte, el artículo 4 ter de la citada ley determina el contenido de los planes estratégicos de subvenciones y atribuye su aprobación a la persona titular de la consejería responsable de su ejecución. De acuerdo con dicho precepto, el Plan debe incluir los objetivos estratégicos, las líneas de subvención, sus costes y fuentes de financiación, el régimen de seguimiento y evaluación continua y los resultados de la evaluación de planes anteriores. En cumplimiento de estas previsiones, el presente Plan comprende dos líneas de actuación: Los Premios de Emprendimiento en el ámbito empresarial y los Premios de Proyectos Innovadores de Alto Impacto. En este marco, se considera que las iniciativas emprendedoras y los proyectos empresariales innovadores son clave para el desarrollo económico y social en los territorios. Las personas emprendedoras desempeñan un papel esencial en el desarrollo económico, social y territorial, al impulsar la creación de nuevas actividades económicas, favorecer la generación de empleo, promover la innovación y contribuir al fortalecimiento del tejido productivo. El emprendimiento constituye un instrumento clave para mejorar la competitividad y facilitar la adaptación a los cambios económicos, sociales y tecnológicos, favoreciendo la diversificación de la economía y el aprovechamiento del talento existente. Los premios pretenden reconocer y dar visibilidad a estas iniciativas y proyectos mediante procedimientos de concurrencia competitiva, basados en criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios. Por su carácter puntual y su cuantía limitada, no se prevé que produzcan efectos significativos sobre la competencia. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, de conformidad con lo previsto en los artículos 4 bis y 4 ter de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, RESUELVO Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones destinado a los Premios de Emprendimiento y a los Premios de Proyectos Innovadores de Alto Impacto en el ámbito empresarial de la Comunidad de Madrid. Madrid, a 11 de septiembre de 2026.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), la Viceconsejera de Economía y Empleo, María del Carmen Tejera Gimeno. BOCM-20261013-23 Único

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/10/13/BOCM-20261013-23.PDF
