# Resolución de 15 de septiembre de 2026, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación.

- **Boletín:** Boletín Oficial Junta de Andalucía
- **Fecha de publicación:** 2026-09-22
- **Organismo:** Autoridades y personal. Consejería de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio.
- **Identificador oficial:** 2026/184-30
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/andalucia/2026-09-22/resolucion-15-septiembre-2026-direccion-general-instituto-andaluz-juventud-que-anuncia-convocatoria-publica-cubrir-puesto-trabajo-NLPv04
- **Fuente oficial:** https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/184/BOJA26-184-00002-12119-01_00343349.pdf

## Contenido

BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 184 - Martes, 22 de septiembre de 2026 página 12119/1 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE VIVIENDA, JUVENTUD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Resolución de 15 de septiembre de 2026, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación. Conforme a lo dispuesto en los artículos 124 y 128 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía y en los artículos 78 a 83 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, esta Dirección General, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por dicho decreto, anuncia convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se detalla en el anexo, con sujeción a las siguientes BASES Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo, de libre designación, que se detalla en el anexo de la presente resolución. Tercera. 1. Las solicitudes deberán dirigirse a la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud y se presentarán dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Administración de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, el personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía que participe en los procedimientos de promoción interna o en los procesos de provisión de puestos de trabajo estará obligado a relacionarse mediante el uso de medios electrónicos. La presentación de las solicitudes de participación en los procesos de provisión de puestos de trabajo, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas participantes, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía. 2. En la instancia de solicitud figurarán los datos personales del solicitante, el Número de Registro de Personal, el puesto que se solicita, el cuerpo de pertenencia y el grado personal consolidado, acompañando Hoja de Acreditación de Datos y «curriculum vitae», donde se harán constar títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto solicitado. Los méritos alegados Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00343349 Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna los requisitos para el desempeño del mismo en el anexo que se acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/184/BOJA26-184-00002-12119-01_00343349.pdf
