# Resolución de 24 de abril de 2026, de la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A., por la que se crea la Mesa de Contratación y se determinan su composición y funciones.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-05-06
- **Organismo:** Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. . III. Otras disposiciones. Contratación administrativa.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-9864
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/boe/2026-05-06/resolucion-24-abril-2026-agencia-informacion-control-alimentarios-oa-que-crea-mesa-contratacion-determinan-composicion-5jEB9A
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/06/pdfs/BOE-A-2026-9864.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 110 Miércoles 6 de mayo de 2026 Sec. III. Pág. 62824 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 9864 Resolución de 24 de abril de 2026, de la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A., por la que se crea la Mesa de Contratación y se determinan su composición y funciones. El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece que los órganos de contratación de las Administraciones Públicas, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, estarán asistidos, en los procedimientos de adjudicación que enumera, por una Mesa de Contratación, órgano de asistencia técnica especializada. De igual forma, los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, regulan la composición y las funciones de las Mesas de Contratación y facultan al órgano de contratación para que designe a sus miembros, bien con carácter permanente o para una pluralidad de contratos, bien de manera específica para la adjudicación de cada contrato. La Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A (en adelante, AICA) es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con personalidad jurídica propia, tesorería y patrimonio propios, y autonomía en su gestión, en los términos establecidos en dicha ley y en su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 227/2014, de 4 de abril. El ejercicio de su actividad y determinados cambios organizativos han puesto de manifiesto la necesidad de constituir una nueva Mesa de Contratación en el organismo, de acuerdo con la normativa referida, que sustituya a la creada en el año 2021. La presente resolución ha sido objeto de informe por parte de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 328.3.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y en la disposición adicional primera del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y ha sido informada por la Abogacía del Estado en el Departamento. En su virtud, resuelvo: Objeto y ámbito de aplicación. 1. La presente resolución tiene por objeto la creación de la Mesa de Contratación de la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A (en adelante, AICA), así como determinar su composición, funciones y régimen de funcionamiento. 2. La Mesa de Contratación actuará como órgano de asistencia del titular de la Dirección de AICA en tanto órgano de contratación, de acuerdo con el artículo 5, letra i) de su Estatuto. 3. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación, salvo cuando se fundamente en la existencia de una imperiosa urgencia prevista en la letra b) 1.º del artículo 168, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. 4. En los procedimientos a los que se refiere el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, la constitución de la Mesa será igualmente potestativa. cve: BOE-A-2026-9864 Verificable en https://www.boe.es Primero.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/06/pdfs/BOE-A-2026-9864.pdf
