# Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se regula la composición de la Mesa de Contratación y se designa a sus miembros.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-05-28
- **Organismo:** Consejo de Estado. . III. Otras disposiciones. Contratación administrativa.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-11578
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/boe/2026-05-28/resolucion-12-mayo-2026-presidencia-consejo-estado-que-regula-composicion-mesa-contratacion-designa-nwAE2g
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/28/pdfs/BOE-A-2026-11578.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 130 Jueves 28 de mayo de 2026 Sec. III. Pág. 72662 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO DE ESTADO 11578 Resolución de 12 de mayo de 2026, de la Presidencia del Consejo de Estado, por la que se regula la composición de la Mesa de Contratación y se designa a sus miembros. De acuerdo con el artículo 323.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, Ley 9/2017, de 8 de noviembre), los Ministros y los Secretarios de Estado son los órganos de contratación de la Administración General del Estado y, en consecuencia están facultados para celebrar en su nombre los contratos en el ámbito de su competencia. El artículo 26 de la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado atribuye a la Presidencia del Consejo de Estado la jefatura de todas las dependencias del Consejo de Estado y su representación; la competencia para desarrollar la estructura presupuestaria del Consejo de Estado –oída la Comisión Permanente–, así como para aprobar los gastos de los servicios a su cargo, autorizar su compromiso y liquidación. En desarrollo de la previsión anterior, el artículo 17.2 del Reglamento Orgánico del Consejo de Estado, aprobado por Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, asigna a la Presidencia del Consejo de Estado, en el ámbito de este órgano, las atribuciones propias de los Ministros en sus respectivos departamentos, con las previsiones específicas que se desarrollan en el propio reglamento. El artículo 326.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, dispone que, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos abierto, abierto simplificado, restringido, de dialogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación, los órganos de contratación de las Administraciones públicas estarán asistidos por una mesa de contratación. Por Resolución de la Presidencia del Consejo de Estado, de 17 de mayo de 2021, se creó la Mesa de Contratación del Consejo de Estado, adscrita a la Secretaría General, como órgano de asistencia técnica especializada que ejerce sus funciones de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, en relación con la actividad contractual del Consejo de Estado. La experiencia adquirida durante estos cinco años de actividad de la Mesa de Contratación del Consejo de Estado ha permitido identificar algunos puntos de mejora que conviene aplicar, tanto en relación con su composición, como en cuanto a su organización y funcionamiento, todo ello en beneficio de los procedimientos de contratación pública tramitados por el Consejo de Estado. Por ello, previo informe favorable de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado [de conformidad con el artículo 328.3.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre], dispongo: Composición de la Mesa de Contratación del Consejo de Estado. 1. La Mesa de Contratación del Consejo de Estado (en adelante, «la Mesa» o «la Mesa de Contratación») tendrá la siguiente composición: a) Presidencia: Será ejercida por la persona titular de la Jefatura de los Servicios Económicos. b) Vicepresidencia: Será ejercida por la persona titular del puesto de coordinador de la Secretaría General. Actuará como Vocal, salvo cuando sustituya a la persona titular de la Presidencia. cve: BOE-A-2026-11578 Verificable en https://www.boe.es Artículo 1.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/28/pdfs/BOE-A-2026-11578.pdf
