# Orden PJC/554/2026, de 21 de mayo, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-06-04
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-11959
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/boe/2026-06-04/orden-pjc5542026-21-mayo-que-convoca-provision-puestos-trabajo-sistema-libre-designacion-cuerpo-letrados-N44b1e
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/04/pdfs/BOE-A-2026-11959.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 136 Jueves 4 de junio de 2026 Sec. II.B. Pág. 75701 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 11959 Orden PJC/554/2026, de 21 de mayo, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. De conformidad con lo establecido en los artículos 119 a 125 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 1608/2005 de 30 de diciembre, se anuncia la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo cuya descripción se especifica en el anexo de la presente convocatoria con arreglo a las siguientes bases: Primera. Participantes. 1. Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por el personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de la categoría primera, segunda y tercera, cualquiera que sea su situación administrativa con excepción de las situaciones previstas en el siguiente apartado. 2. No podrán tomar parte en este concurso: a) Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el período mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación. b) Quienes se encontraren sancionadas/os con traslado forzoso fuera del municipio de destino hasta que trascurran los plazos de uno o tres años a los que se refiere el artículo 538 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. c) No podrán participar las Secretarias y los Secretarios de Gobierno y las Secretarias y los Secretarios Coordinadores a los efectos de lo dispuesto en la disposición transitoria Cuarta de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. d) Quienes se hallaren declaradas/os suspensos en firme, mientras dure la suspensión. 3. Podrán participar en este proceso las letradas y los letrados de la Administración de Justicia con destino en cualquier partido judicial del territorio nacional que cumplan los requisitos anteriores en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso. Presentación de solicitudes. 1. Los letrados de la Administración de Justicia que participen en la presente convocatoria, cumplimentarán su solicitud, con carácter obligatorio por medios telemáticos a través del asistente de inscripción, al que podrán acceder desde el Área privada de letradas y letrados de la Administración de Justicia, accesible a través del Punto de Acceso General de la Administración de Justicia www.administraciondejusticia.gob.es (Área Privada-Escritorio de trabajo-Aplicación AINO@), cumplimentando todos los apartados que se le exijan. Sólo se podrán presentar las solicitudes por otros medios cuándo existan motivos justificados y previa autorización de la Subdirección General para la Innovación y Calidad cve: BOE-A-2026-11959 Verificable en https://www.boe.es Segunda.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/04/pdfs/BOE-A-2026-11959.pdf
