# Orden PJC/917/2026, de 25 de agosto, por la que se aprueba el Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para el período 2026-2029.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-09-02
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Contratación administrativa.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-18498
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/boe/2026-09-02/orden-pjc9172026-25-agosto-que-aprueba-contrato-gestion-agencia-espanola-cooperacion-internacional-desarrollo-periodo-2026-2029-5OPP1Z
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/02/pdfs/BOE-A-2026-18498.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 216 Miércoles 2 de septiembre de 2026 Sec. III. Pág. 118458 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES Orden PJC/917/2026, de 25 de agosto, por la que se aprueba el Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para el período 2026-2029. La disposición adicional tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, autorizó al Gobierno a crear la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), para el fomento, gestión y ejecución de las políticas públicas de cooperación internacional para el desarrollo, dirigidas a la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano y sostenible en los países en desarrollo. La creación de la AECID se produjo por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba su Estatuto, sucediendo al organismo autónomo Agencia Española de Cooperación Internacional, una vez celebrada la reunión constitutiva de su Consejo Rector el 9 de enero de 2008. El primer Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo fue aprobado mediante Orden PRE/1914/2009, de 13 de julio. Dicho Contrato de Gestión tenía una vigencia de un año y se centraba en completar y consolidar la conversión del organismo autónomo en agencia estatal. El Consejo Rector, en sesión celebrada el 26 de marzo de 2014, aprobó la propuesta del II Contrato de Gestión de la Agencia (2014-2017). No obstante, dicho texto no culminó su tramitación. La derogación de la Ley 28/2006, de 18 de julio, operada por la disposición derogatoria única de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la entrada en vigor de disposición adicional cuarta de esta hicieron imposible la continuación de la tramitación del II Contrato de Gestión. Sin embargo, la modificación establecida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por la disposición final trigésima cuarta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, reintrodujo, en su artículo 84, las agencias estatales como organismos públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, integrantes del sector público institucional estatal. De este modo, la disposición adicional cuarta de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, dispone la adaptación de los organismos existentes en el momento de la entrada en vigor de la norma antes del 1 de octubre de 2024. Por otro lado, la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, establece, en su artículo 31.6, que la AECID dispondrá de un Estatuto en el que se definirán sus fines, funciones, organización y funcionamiento, con arreglo a los principios y objetivos de la Cooperación española para el desarrollo sostenible definidos en ella. Para ello, habilita al Gobierno para elaborar un nuevo Estatuto para la AECID, así como una serie de disposiciones reglamentarias, como parte del desarrollo de la ley, relativas al Fondo Español para el Desarrollo Sostenible, F.C.P.J. (FEDES, F.C.P.J.), el estatuto de las personas cooperantes y la normativa de subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global. En el momento de elaboración de este Contrato de Gestión, el desarrollo normativo de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, ya ha concluido. En aplicación de dicho mandato legal, la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo» (en adelante, la AECID o la Agencia) dispone de un nuevo Estatuto, aprobado por Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre. En él se contempla una actualización del objeto, fines, misión, visión y cve: BOE-A-2026-18498 Verificable en https://www.boe.es 18498

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/09/02/pdfs/BOE-A-2026-18498.pdf
