# Resolución de 22 de septiembre de 2026, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Albacete, por la que se crea y regula la Mesa de Contratación.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-06
- **Organismo:** Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Contratación administrativa.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-20809
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/boe/2026-10-06/resolucion-22-septiembre-2026-direccion-provincial-servicio-publico-empleo-estatal-albacete-que-crea-regula-mesa-contratacion-56b88D
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/06/pdfs/BOE-A-2026-20809.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 248 Martes 6 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 131775 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 20809 Resolución de 22 de septiembre de 2026, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Albacete, por la que se crea y regula la Mesa de Contratación. El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece que los órganos de contratación de las Administraciones Públicas, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, estarán asistidos, en los procedimientos de adjudicación que enumera, por una Mesa de Contratación, órgano de asistencia técnica especializada. Los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, regulan la composición y funciones de las Mesas de Contratación. El artículo 323.2 LCSP, establece que en los organismos autónomos integrantes del sector público estatal, el órgano de contratación es la persona que ocupa la Presidencia o Dirección. La Resolución de 6 de octubre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, sobre delegación de competencias en órganos administrativo del Organismo (BOE núm. 247, de 13 de octubre), modificada por la Resolución de 4 de noviembre de 2009 (BOE núm. 283, de 24 de noviembre), atribuye en su apartado primero. siete competencias delegadas a la persona que ocupa la Dirección Provincial del Organismo en materia de Administración General, así como la facultad para celebrar contratos de obras, servicios y suministros en los términos y con los límites que la misma señala. Por cuanto antecede, en uso de las facultades conferidas por delegación del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, dispongo: Primero. La constitución con carácter permanente de la Mesa Provincial de Contratación de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Albacete, como órgano colegiado asesor del órgano de contratación con las funciones que le asignan la Ley de Contratos del Sector Público. Segundo. a) Presidencia: la persona que ocupa la Subdirección Provincial de Gestión Económica y Servicios del Servicio Público de Empleo Estatal de Albacete, quien será sustituido/a, en caso de vacante, ausencia o enfermedad por quién ocupe una de las Jefaturas de Sección dentro de la Subdirección Provincial Gestión Económica y Servicios. b) Vocalías: a. Un/a Abogado/a del Estado, designado/a por la Abogacía del Estado en Albacete. b. Un/a Interventor/a, designado/a por la Intervención Delegada Territorial de Albacete. c. Una de las personas que ocupen cualquiera de las Jefaturas de Sección de la Subdirección de Gestión Económica y Servicios. d. Un/a letrado/a de la Dirección Provincial. cve: BOE-A-2026-20809 Verificable en https://www.boe.es La Mesa de Contratación estará integrada por los siguientes miembros:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/06/pdfs/BOE-A-2026-20809.pdf
