# Resolución de 9 de junio de 2026, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los sistemas de información de sanidad y salud pública, ejercicios 2019, 2020 y 2021.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-06
- **Organismo:** Cortes Generales. . III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-20789
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/boe/2026-10-06/resolucion-9-junio-2026-aprobada-comision-mixta-relaciones-tribunal-cuentas-relacion-informe-fiscalizacion-sistemas-ndPxxe
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/06/pdfs/BOE-A-2026-20789.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 248 Martes 6 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 131027 III. OTRAS DISPOSICIONES CORTES GENERALES 20789 Resolución de 9 de junio de 2026, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los sistemas de información de sanidad y salud pública, ejercicios 2019, 2020 y 2021. La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 9 de junio de 2026, a la vista del informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los sistemas de información de sanidad y salud pública, ejercicios 2019, 2020 y 2021, acuerda: – Promover que sean los funcionarios del ministerio quienes realicen las funciones en el ámbito de las tecnologías de la información, y así ser menos dependientes de la contratación externa. – Vigilar adecuadamente los sistemas de protección de datos en estas materias, pues estamos hablando de datos sensibles, que no pueden trascender a terceros. – Desarrollar un único sistema de información integrado para el seguimiento del VIH y SIDA, acorde con los requerimientos de seguridad, integridad y trazabilidad en desfase desde 2020. – Desarrollar lo dispuesto en el Real Decreto 568/2024, de 18 de junio, por el que se crea la Red Estatal de Vigilancia en Salud Publica, en relación con la gestión de la información se articule a través de sistemas interoperables que permitan la integración de la información de las diferentes fuentes estatales, autonómicas y privadas. Se recomienda completar la actualización del marco normativo de la Red de Vigilancia Epidemiológica, tomando en consideración la Estrategia de Vigilancia en Salud Pública de 2022, a la vez que se contempla la implantación de modelos de gestión de la información interoperable, de manera que no precise de actuaciones de transformación y cumplimentación de la información. – Asignar recursos específicos para reforzar la culminación del desarrollo de los sistemas centinelas de vigilancia de enfermedades respiratorias agudas, incluyendo, además de las mejoras de los sistemas estatales, el apoyo a las comunidades autónomas para que se mantenga una red operativa estable en todo el territorio. – Completar las actuaciones precisas para implementar un sistema de información integrado que permita monitorizar con el mínimo desfase temporal la reserva estratégica de productos sanitarios destinada a dar respuesta a emergencias sanitarias disponiendo de información sobre los recursos materiales del Sistema Nacional de Salud. – Poner en marcha una herramienta que permita monitorizar los recursos y capacidades disponibles del Sistema Nacional de Salud (dotación de facultativos y personal de enfermería, camas de hospitalización), con el fin de que se disponga de una información sin desfase temporal para planificar y coordinar y, a su vez, responder más eficazmente en caso de emergencia, habida cuenta de que algunos de los sistemas de información implantados se basaron en soluciones temporales. – Actualizar los sistemas de información de sanidad exterior. Se recomienda que la información de los centros de vacunación sea interoperable y accesible con la Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud. cve: BOE-A-2026-20789 Verificable en https://www.boe.es 1. Instar al Gobierno a garantizar la autonomía estratégica sanitaria de España mediante la creación de una reserva nacional de medicamentos y productos sanitarios esenciales para escenarios extraordinarios. 2. Instar al Ministerio de Sanidad a:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/06/pdfs/BOE-A-2026-20789.pdf
