# Orden SND/1063/2026, de 28 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la selección de operaciones «Acciones para el acompañamiento a centros, servicios y equipos de atención temprana para su adaptación a los nuevos estándares del Consenso Estatal para la Mejora de la Atención Temprana», en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-10-08
- **Organismo:** Ministerio de Sanidad. . III. Otras disposiciones. Ayudas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-20973
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/boe/2026-10-08/orden-snd10632026-28-septiembre-que-aprueban-bases-reguladoras-convocatoria-seleccion-operaciones-acciones-acompanamiento-centros-servicios-GDa2Zd
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/08/pdfs/BOE-A-2026-20973.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 250 Jueves 8 de octubre de 2026 Sec. III. Pág. 134342 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD Orden SND/1063/2026, de 28 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la selección de operaciones «Acciones para el acompañamiento a centros, servicios y equipos de atención temprana para su adaptación a los nuevos estándares del Consenso Estatal para la Mejora de la Atención Temprana», en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+). El Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, dispone, en su artículo 5, los cinco objetivos políticos a los que irán dirigidos el FEDER, el FSE+, el Fondo de Cohesión y el FEMPA: una Europa más competitiva e inteligente, una Europa más verde, una Europa más conectada, una Europa más social e inclusiva y una Europa más próxima a sus ciudadanos. Al amparo de la citada disposición, el artículo 4 del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) núm. 1296/2013, establece que el Fondo Social Europeo Plus contribuirá al objetivo político 4 de «una Europa más social e integradora mediante la aplicación del pilar europeo de derechos sociales». A efectos de cumplimiento del citado objetivo, la Unión Europea ha asignado a España un importe de ayuda del FSE+ de 11.295.696.991 euros correspondiente al Marco Financiero Plurianual 2021-2027, cuyo período de ejecución se extiende hasta el 31 de diciembre de 2029. El citado importe ha sido distribuido entre veintitrés programas FSE+: diecinueve regionales, uno por cada Comunidad y Ciudad Autónoma, y cuatro programas FSE+ estatales. La presente convocatoria se enmarca en el Programa estatal FSE+ de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza (CCI: 2021ES05SFPR003), aprobado mediante Decisión de Ejecución de la Comisión C (2022)9797 de 19 de diciembre de 2022. De entre los objetivos específicos establecidos en el artículo 4 del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1296/2013, a los que se dirigen las operaciones a seleccionar en el marco de esta convocatoria, se ha seleccionado el objetivo específico ESO4.12., Promover la integración social de personas en riesgo de pobreza o exclusión social, en particular las más desfavorecidas y los niños. En este objetivo específico se establece la línea de actuación 2: Acciones para promover el desarrollo de un sistema de atención temprana de calidad, gratuito y universal, que propone, entre otras, la medida 7.L.06, Acciones de acompañamiento a los servicios/centros/equipos de atención temprana para la adaptación del servicio y modelo de intervención a los nuevos estándares. Una vez definidos y pilotados los modelos de atención y estándares (7.L.05), se acompañará la transformación o actualización de los servicios/centros/equipos de doscientos cincuenta centros de atención temprana de todo el territorio. La selección de los centros se llevará cve: BOE-A-2026-20973 Verificable en https://www.boe.es 20973

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/08/pdfs/BOE-A-2026-20973.pdf
