# Anuncio de 7 de marzo de 2024 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2024.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2024-03-15
- **Organismo:** Ayuntamiento De Madrigal De La Vera. Oferta De Empleo Público.
- **Identificador oficial:** 2024080374
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2024-03-15/anuncio-7-marzo-2024-aprobacion-oferta-empleo-publico-ano-2024-GpkVZv
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/530o/24080374.pdf

## Contenido

NÚMERO 53 16143 Viernes 15 de marzo de 2024 AYUNTAMIENTO DE MADRIGAL DE LA VERA ANUNCIO de 7 de marzo de 2024 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2024. (2024080374) Provincia: Cáceres. Corporación: Madrigal de la Vera. A. Personal laboral. Categoría laboral Especialidad N.º Vacantes Denominación Peón Enterrador Personal de Servicios 1 Encargado del Cementerio Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Madrigal de la Vera, 7 de marzo de 2024. El Alcalde, URBANO PLAZA MORENO. •••

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/530o/24080374.pdf
