# Anuncio de 18 de julio de 2024 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2024.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2024-07-29
- **Organismo:** Ayuntamiento De Torrecillas De La Tiesa. Oferta De Empleo Público.
- **Identificador oficial:** 2024081232
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2024-07-29/anuncio-18-julio-2024-aprobacion-oferta-empleo-publico-ano-2024-N4apZg
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1460o/24081232.pdf

## Contenido

NÚMERO 146 37894 Lunes 29 de julio de 2024 AYUNTAMIENTO DE TORRECILLAS DE LA TIESA ANUNCIO de 18 de julio de 2024 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2024. (2024081232) Por Resolución de Alcaldía n.º 2024-0196 de fecha 18/07/2024 de este Ayuntamiento, Personal laboral: Categoría laboral Especialidad N.º Vacantes Denominación Sistema de provisión Arquitecto A A1 Jornada parcial Administración Especial 1 Arquitecto/a Turno libre – Concurso oposición C C2 Escala General. Administración General 1 Auxiliar Administrativo/a Turno libre – Concurso oposición En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Torrecillas de la Tiesa, 18 de julio de 2024. El Alcalde, TOMÁS SÁNCHEZ CAMPO.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1460o/24081232.pdf
