# Anuncio de 14 de agosto de 2024 sobre Oferta de Empleo público para el año 2024.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2024-08-22
- **Organismo:** Ayuntamiento De Aceuchal. Oferta De Empleo Público.
- **Identificador oficial:** 2024081352
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2024-08-22/anuncio-14-agosto-2024-oferta-empleo-publico-ano-2024-5A1VQK
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1630o/24081352.pdf

## Contenido

NÚMERO 163 41491 Jueves 22 de agosto de 2024 AYUNTAMIENTO DE ACEUCHAL ANUNCIO de 14 de agosto de 2024 sobre Oferta de Empleo público para el año 2024. (2024081352) Por Resolución de Alcaldía de fecha 13 de agosto de 2024 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2024. PERSONAL FUNCIONARIO: Escala de Administración General: GRUPO SUBGRUPO CLASIFICACIÓN N.º VACANTES DENOMINACIÓN C C1 Administrativo 2 Administrativo C C2 Aux. Administrativo 1 Auxiliar En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Aceuchal, 14 de agosto de 2024. El Alcalde, SERGIO GORDÓN LOZANO. •••

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1630o/24081352.pdf
