# Orden de 22 de julio de 2025 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-07-28
- **Organismo:** Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo.
- **Identificador oficial:** 2025050110
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2025-07-28/orden-22-julio-2025-que-modifica-puntualmente-relacion-puestos-trabajo-personal-funcionario-consejeria-economia-empleo-transformacion-ndoxx2
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1440o/25050110.pdf

## Contenido

NÚMERO 144 Lunes 28 de julio de 2025 42528 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN de 22 de julio de 2025 por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. (2025050110) Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos”. En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo. La presente modificación tiene por objeto el cambio de características de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación ubicada en Cáceres ampliando los requisitos de grupo de titulación, al objeto de facilitar al máximo sus posibilidades de cobertura. Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es el Consejo de Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública aprobar su modificación puntual en los supuestos que se determinan en el artículo 2, siempre que no se superen los límites establecidos en el apartado 5 del artículo 1 del mencionado decreto. Resulta asimismo de aplicación el artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de pues-

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1440o/25050110.pdf
