# Anuncio de 25 de julio de 2025 sobre modificación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-08-06
- **Organismo:** Ayuntamiento De Madrigal De La Vera. Oferta De Empleo Público.
- **Identificador oficial:** 2025081287
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2025-08-06/anuncio-25-julio-2025-modificacion-oferta-empleo-publico-ano-2025-NL9rW4
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1510o/25081287.pdf

## Contenido

NÚMERO 151 44355 Miércoles 6 de agosto de 2025 AYUNTAMIENTO DE MADRIGAL DE LA VERA ANUNCIO de 25 de julio de 2025 sobre modificación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025. (2025081287) A. Personal laboral. Categoría Laboral Especialidad N.º Vacantes Denominación Personal de Limpieza Personal de Servicios 1 Peón de Limpieza B. Funcionario. Categoría N.º Vacantes Denominación Policía Local 1 Agente de la Policía Local Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Madrigal de la Vera, 25 de julio de 2025. El Alcalde, URBANO PLAZA MORENO. •••

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1510o/25081287.pdf
