# Modificación del Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven", correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-08-25
- **Organismo:** Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Vivienda. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** 2025063183
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2025-08-25/modificacion-extracto-resolucion-25-junio-2025-secretaria-general-que-convocan-ayudas-estatales-programa-bono-alquiler-joven-correspondiente-nrzMrD
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1630o/25063183.pdf

## Contenido

NÚMERO 163 46962 Lunes 25 de agosto de 2025 CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA MODIFICACIÓN del Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa "Bono Alquiler Joven", correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes. (2025063183) BDNS(Identif.): 844492 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 132, de fecha 10 de julio de 2025, el Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa “Bono Alquiler Joven”, correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/844492 De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero del resuelvo quinto de la Resolución de 25 de junio de 2025 (resolución de convocatoria), “el plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses, a contar desde la fecha en que surta efectos la presente convocatoria de conformidad con el resuelvo décimo; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo”. Por otro lado, el párrafo primero del apartado 5 del Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del programa “Bono Alquiler Joven”, correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, establece: “El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses, a contar desde la fecha en que surta efectos la convocatoria; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo”. En virtud de cuanto antecede, teniendo en cuenta que la estimación de las solicitudes de subvención hasta ahora presentadas conllevaría el agotamiento del crédito vinculado en la convocatoria de las ayudas estatales del programa “Bono Alquiler Joven”, correspondiente a las anualidades 2025 y 2026, ACUERDO: 1. Anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de las ayudas estatales del programa “Bono Alquiler Joven”, convocadas mediante resolución de 25 de junio de 2025, de la Secretaría General,

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1630o/25063183.pdf
