# Decreto 143/2025, de 27 de octubre, por el que se establece el componente singular a adicionar al complemento específico de los puestos de trabajo que conlleven la realización de guardias localizadas en el desempeño de sus funciones para garantizar la atención del Servicio de Protección Civil y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-11-03
- **Organismo:** Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Retribuciones.
- **Identificador oficial:** 2025040251
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2025-11-03/decreto-1432025-27-octubre-que-establece-componente-singular-adicionar-complemento-especifico-puestos-trabajo-que-conlleven-realizacion-guardias-5WDabB
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2110o/25040251.pdf

## Contenido

NÚMERO 211 Lunes 3 de noviembre de 2025 59315 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DECRETO 143/2025, de 27 de octubre, por el que se establece el componente singular a adicionar al complemento específico de los puestos de trabajo que conlleven la realización de guardias localizadas en el desempeño de sus funciones para garantizar la atención del Servicio de Protección Civil y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2025040251) El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 9.1.42, atribuye a la Comunidad Autónoma las competencias exclusivas en materia de protección civil. En cuanto a incendios forestales, estas competencias se desarrollan principalmente en el artículo 10.1.2 del Estatuto de Autonomía. En ejercicio de dichas competencias se aprobó Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuyo título II se regula el Sistema Regional de Protección Civil. Formando parte del Sistema Regional de Protección Civil, la Unidad o Servicio de Protección Civil de la Junta de Extremadura, adscrita al centro directivo con competencias en materia de protección civil y emergencias, ejerce las funciones reguladas en el artículo 17 de la citada ley. Asimismo, forma parte de este sistema cuando se produce la activación del Plan Especial de Protección Civil ante Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (INFOCAEX) el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de la Junta de Extremadura. Por otra parte, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX) establece la estructura operativa y de dirección y coordinación, así como los grupos llamados a intervenir en cada situación de emergencia y, al mismo tiempo, configura la composición y funciones específicas de los distintos órganos que la componen. En relación con la estructura y operatividad del referido plan, el personal técnico de la Unidad o Servicio de Protección Civil participa tanto en el Comité Técnico Asesor como en los Grupos de acción de Logística y Psicosocial, el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Junta de Extremadura (INFOEX) interviene igualmente en el Comité Técnico Asesor y en los Grupos de Acción de Intervención, por su consideración como servicios y personas que intervienen desde los primeros momentos en el lugar de emergencia, comprendiendo entre sus funciones la elaboración de los informes que correspondan a la Comunidad Autónoma de Extremadura en los procedimientos de declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2110o/25040251.pdf
