# Orden de 3 de diciembre 2025 por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo vacantes singularizados de personal funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2025-12-05
- **Organismo:** Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Concurso.
- **Identificador oficial:** 2025050169
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2025-12-05/orden-3-diciembre-2025-que-convoca-provision-puestos-trabajo-vacantes-singularizados-personal-funcionario-carrera-administracion-comunidad-NLO36x
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2350o/25050169.pdf

## Contenido

NÚMERO 235 Viernes 5 de diciembre de 2025 II 65865 AUTORIDADES Y PERSONAL 2. O POSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN de 3 de diciembre 2025 por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo vacantes singularizados de personal funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso. (2025050169) Con carácter básico, el artículo 78 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece los principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera a los que deben someterse las distintas Administración Públicas, indicando que éstas “proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad”, y que “la provisión de puestos de trabajo en cada Administración Pública se llevará a cabo por los procedimientos de concurso y de libre designación con convocatoria pública”. Prosigue, el artículo 79 del citado texto normativo básico, calificando como procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera, al concurso, el cual consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico. Por tanto, se le imprime, por parte del legislador básico, a este procedimiento el carácter de habitual y general de provisión. Ley 13/2015 de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura desarrolló los artículos referidos del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por medio de su Título VIII dedicado a la provisión de puestos de trabajo y a la movilidad. En concreto, su artículo 114 reguló los principios y procedimientos, marcados por la normativa básica estatal sobre función pública, a los que deben sujetarse los procedimientos para la provisión de los puestos de trabajo del personal funcionario de carrera de las Administraciones Públicas extremeñas, entre los que se encuentra el procedimiento de concurso. Según el apartado 3 del mencionado artículo, el desarrollo de los procedimientos de provisión de puestos de trabajo previstos en la referida Ley se llevará a cabo por medio de Decreto del Consejo de Gobierno de Extremadura.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/2350o/25050169.pdf
