# Extracto de la Resolución de convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de las asociaciones juveniles y las entidades asimiladas a las mismas, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenes no asociados para el ejercicio 2026. Línea II.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-01-28
- **Organismo:** Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Juventud. Ayudas.
- **Identificador oficial:** 2026060183
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2026-01-28/extracto-resolucion-convocatoria-ayudas-destinadas-desarrollo-proyectos-asociaciones-juveniles-entidades-asimiladas-mismas-entidades-prestadoras-servicios-n8LWLq
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/180o/26060183.pdf

## Contenido

NÚMERO 18 Miércoles 28 de enero de 2026 5111 EXTRACTO de la Resolución de convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de las asociaciones juveniles y las entidades asimiladas a las mismas, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenes no asociados para el ejercicio 2026. Línea II. (2026060183) BDNS(Identif.): 882224 De conformidad lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de las asociaciones juveniles y las entidades asimiladas a las mismas, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenes no asociados para el ejercicio 2026 (Línea II) cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE. Primero. Entidades beneficiarias. Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas las entidades prestadoras de servicios a la juventud que lo soliciten en tiempo y forma y, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 3 y 28 del Decreto 47/2025, de 27 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de las asociaciones juveniles (DOE núm. 116, de 18 de junio), entidades asimiladas a las mismas, entidades prestadoras de servicios a la juventud y la puesta en marcha de iniciativas juveniles desarrolladas desde grupos de jóvenes no asociados, a la fecha de publicación de la convocatoria. Segundo. Objeto. Se subvencionarán, con cargo a la convocatoria, proyectos que, teniendo como destinataria la población joven de Extremadura, se desarrollen en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esto es, aquellos cuya planificación, desarrollo y resultado se destina a la población joven de ambas provincias, Cáceres y Badajoz, contando con una distribución equilibrada entre ambas de las acciones y actividades a desarrollar y tengan entre sus objetivos o medidas de actuación, al menos, una de las siguientes líneas de acción: a) Igualdad de género: acciones que persigan fomentar la igualdad de oportunidades y el acceso a los derechos a los jóvenes de todos los géneros, incluidos el colectivo de jóvenes LGTBIQ+. Tendrán cabida en este apartado los proyectos dirigidos a concienciar sobre la participación activa en la lucha contra la violencia de género abordando y combatiendo de manera efectiva el problema en todas sus formas.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/180o/26060183.pdf
