# Resolución de 16 de marzo de 2026, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, adquisición de nuevas especialidades, integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias, para el Cuerpo de Maestros.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-03-16
- **Organismo:** Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos.
- **Identificador oficial:** 2026060608
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2026-03-16/resolucion-16-marzo-2026-direccion-general-personal-docente-que-convocan-procedimientos-selectivos-ingreso-adquisicion-nuevas-especialidades-integracion-listas-5610Zz
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/510o/26060608.pdf

## Contenido

NÚMERO 51 Lunes 16 de marzo de 2026 II 9925 AUTORIDADES Y PERSONAL 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2026, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimientos selectivos para ingreso, adquisición de nuevas especialidades, integración en listas de espera ordinarias y supletorias, valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias, para el Cuerpo de Maestros. (2026060608) La disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que el sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición. El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula los procedimientos de ingreso en los cuerpos docentes que se convoquen, disponiendo en su artículo 3, apartado 1, que los órganos competentes de las Administraciones Públicas convocantes, una vez aprobadas sus respectivas ofertas de empleo, procederán a realizar la convocatoria para la provisión de las plazas autorizadas en dichas ofertas de empleo, con sujeción, en todo caso, a las normas de función pública que les sean de aplicación. Por su parte, el artículo 52 dispone que las Administraciones Educativas determinarán, mediante las oportunas convocatorias, las nuevas especialidades que dentro del cuerpo de pertenencia pueden adquirirse mediante el procedimiento descrito en el Título V de la norma reglamentaria. Destaca especialmente en esta Convocatoria los esfuerzos de la Dirección General de Personal Docente por alcanzar un procedimiento en el que la mayoría de sus aspectos están digitalizados, para dar cumplimiento al artículo 28 de la Ley 39/2015, cuya aplicabilidad práctica cobra su mayor sentido en procedimientos masivos con convocatorias de empleo público. La Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 (BOE núm. 30, de 4 de febrero), en su artículo 32 relativo a la Oferta de Empleo Público estipula que: “La Oferta de Empleo Público, dentro de los límites estable­ cidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado con carácter básico, incluirá el número

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/510o/26060608.pdf
