# Anuncio de 4 de junio de 2026 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2026.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-06-15
- **Organismo:** Ayuntamiento De Albalá. Oferta De Empleo Público.
- **Identificador oficial:** 2026080992
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2026-06-15/anuncio-4-junio-2026-aprobacion-oferta-empleo-publico-ano-2026-N72Yve
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1130o/26080992.pdf

## Contenido

NÚMERO 113 25638 Lunes 15 de junio de 2026 AYUNTAMIENTO DE ALBALÁ ANUNCIO de 4 de junio de 2026 sobre Oferta de Empleo Público. (2026080992) Por Resolución de Alcaldía n.º 2026-0200 de fecha 26/05/2026 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a la plaza que a continuación se reseñan para el año 2026. Personal funcionario. Escala de Administración General: Grupo Subgrupo Clasif. N.º Vacantes Denominación C C1/C2 C2 1 Auxiliar Administrativo En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Albalá, 4 de junio de 2026. El Alcalde, JUAN RODRÍGUEZ BOTE. •••

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1130o/26080992.pdf
